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DAR NALGADAS ES SUFICIENTE PARA PERDER LA PATRIA POTESTAD

Dar nalgadas, decir una sencilla amenaza como “te voy a pegar”, “ahorita vas a ver cómo te va a ir”, “te va a ir mal si no le echas...

Dar nalgadas, decir una sencilla amenaza como “te voy a pegar”, “ahorita vas a ver cómo te va a ir”, “te va a ir mal si no le echas ganas a la escuela»  o dar golpes simples a los hijos, es suficiente episodio  para que los padres de familia pierdan la patria potestad de sus hijos; así lo resolvió la Suprema Corte (SCJN) en mayo de este año.

Con este dictamen y fundándose en el interés superior del menor, los ministros del máximo tribunal marcaron un precedente para sea suficiente una nalgada, una coacción  o amenaza para perder la patria potestad de los hijos.

La ciudadana Paula Cuevas,  madre de familia y maestra, compartió esta información con la redacción de El Salmantino y la calificó como exagerada, asegurando que a veces las llamadas de atención y las nalgadas son necesarias para que cualquier padre o madre pueda educar mejor a sus hijos, además mencionó que la aplicación de estas medidas correctivas asegura mejores personas y el hecho de que no sucedan podría formar hijos más rebeldes y sin autoridad.

“Es una exageración, una cosa es que los niños sean brutalmente golpeados, maltratados y agredidos y otra cosa es que uno como padre dé unas nalgadas a los hijos por su mal comportamiento, la resolución de los jueces es excesiva, por eso los chamacos (sic) tienen cada vez menos autoridad y ya hasta se protegen con sus derechos, pensando que no los debemos corregir”, indicó la ciudadana.

De esta manera, se declaró inconstitucional una ley de Guanajuato, pues, aunque  en ella se vislumbra que los malos tratos hacia los hijos podrían provocar que se pierda la  patria potestad, esta únicamente marca que sean aquellos que pongan en riesgo la salud, seguridad o moralidad de los menores.

“Factores tales como la gravedad, la frecuencia o la intención de causar daño sólo pueden tenerse en cuenta en los casos concretos, para que el juzgador pondere si la declaración de pérdida de la patria potestad resulta ser la medida más idónea en función del interés superior del menor”, señalaron los integrantes de la SCJN.

El caso:

Una mañana de junio de 2012, Isaac y Luis iban en el coche con su papá, quien los regañaba por platicar en el colegio y no poner atención en clases. Como sus hijos no le hacían caso, le dio una cachetada al mayor y, al llegar a casa, le dio doce nalgadas al menor.

Tras un divorcio y luego de enterarse de esto, la mamá, quien fundamentó que, en ocasiones, su exesposo reprendía duramente a sus hijos, empezó un juicio para quitarle la patria potestad y obtener la total.

Sin embargo, ante las autoridades judiciales, nunca se presentaron pruebas suficientes como para sostener la acusación de maltrato y retirarle al papá la patria potestad.

Incluso, en primera instancia, un juez local consideró que los estudios psicológicos demostraron que la conducta del padre no les resulta nociva a los menores, ni contraria a su formación y desarrollo integral, por lo cual no debía retirársele la patria potestad.

Finalmente la Primera Sala de la SCJN revocó la sentencia del tribunal que le negó el amparo a la madre, y determinó que los malos tratos inferidos por el padre a los menores sí podían dar lugar a la causal de pérdida de patria potestad.

Llaman a facilitar juicios con menores

Luis María Aguilar, presidente de la Suprema Corte explicó que los menores que viven y/o se encuentran inmersos en procesos judiciales, suelen romper con su entorno y estabilidad emocional por lo que llamó a los juzgadores de todas las regiones de México para que faciliten los juicios en los que tercian menores con la finalidad de no provocar más daños emocionales y/o psicológicos.

 

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