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B i ó s f e r a ( Kuxtal / Yolistli )

POR GUILLERMO ALEJANDRO RAMÍREZ CARMONA

ALGUNOS HECHOS MÁS SOBRE CHEMOURS

chemurs

FOTO; ACCIÓN COLECTIVA

Se retoma el tema relacionado con la empresa The Chemours Company por una noticia acerca del desistimiento de su administración para abandonar el proyecto de su instalación en San Luis de la Paz.

En primer lugar debemos reconocer el éxito de la ciudadanía de esa población que logró con su voluntad y esfuerzo que la planta productora de cianuro de sodio (fórmula: NaCN) no se instalara ahí. De esta situación debemos aprender los ciudadanos para defendernos de los errores que han cometido y que por la experiencia, pueden repetir el empresariado y la burocracia.

Asimismo en una entrega anterior se apuntó que México se suscribe a todos los compromisos internacionales que se crean pero no cumple con ninguno y además cuando el empresariado lo juzga conveniente abandonan los sistemas de trabajo que aseguran una operación libre de riesgos medioambientales. Un caso actual es la clausura de las descargas al río Temascatío de aguas residuales de la productora de leche “Lala” que envía agua con una

variedad de contaminantes que no cumplen con la norma correspondiente. Hay algunas instalaciones más que están en la misma situación. Hace algunos años un funcionario representante de las empresas contaminadoras ofreció seriamente que se resolvería el problema, ante una diputada estatal, el primer Consejo Consultivo Ambiental Municipal de Salamanca y algunas ONG.

Ahora se tratará este caso de Chemours desde el punto de vista de la clasificación de riesgo a la salud y la transportación terrestre de materiales peligrosos.

En relación al primer tema, la ”American Conference of Govermental Industrial Hygienists” (ACGIH) viene presentando periódicamente el manual Límites de los Valores Umbral para las sustancias químicas y agentes físicos e Índices de Exposición Biológica. Extrañamente no existen las magnitudes del promedio ponderado en el tiempo TWA (en inglés) del ácido cianhídrico o el cianuro de sodio como en otros numerosos casos. El asunto es que siendo sustancias usadas desde hace tiempo y además peligrosas, no haya información.

El aspecto más importante desde varios puntos de vista es la cancelación del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos; describimos algunos a continuación:

Haber abrogado un reglamento que no ha sido sustituido.

Independientemente que pueda tener sus anacronismos, hay conceptos que son útiles actualmente y siempre lo serán.

La burocracia municipal, estatal y federal muestran falta de sentido común, voluntad y quizás desconocimiento de esa norma.

Se describirán algunos de los artículos que deben ser permanentes.

Artículo 1º.- El … ordenamiento tiene por objeto regular el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos.

Artículo 5º.- Para transportar materiales peligrosos…, es necesario que así lo establezca la Secretaría en el permiso otorgado a los transportistas….

Artículo 7º.- Considerando sus características, se clasifican en:

CLASE DENOMINACIÓN

1 Explosivos

2 Gases comprimidos, refrigerados, licuados o disueltos a presión

3 Líquidos inflamables

4 Sólidos inflamables

5 Oxidantes y peróxidos orgánicos

6 Tóxicos agudos (venenos) y agentes infecciosos

7 Radiactivos

8 Corrosivos

9 Varios

Artículo 11.- Clase 6, Tóxicos Agudos (venenos). Son las sustancias que pueden causar la muerte, lesiones graves o ser nocivas para la salud humana si se ingieren o entran en contacto con la piel. Los gases tóxicos (venenos) pueden incluirse en la clase “Gases”.

Artículo 20.- Los envases y embalajes …, se clasificarán en:

· Grupo I. Para sustancias peligrosas.

· Grupo II. Para sustancias medianamente peligrosas.

· Grupo III. Para sustancias poco peligrosas.

Artículo 21.- El envase y embalaje deberá ser inspeccionado…

Artículo 31.- Para identificar a distancia, reconocer el riesgo e identificar la designación oficial, cada envase y embalaje deberá contar con la etiqueta o etiquetas correspondientes…

Artículo 41.- Las unidades de transporte,…deberán ser inspeccionadas periódicamente, en forma técnica y de operación, por la Secretaría o unidades de verificación…

Artículo 43.- …se supervisarán condiciones mecánicas y de mantenimiento de las unidades…

Existen más criterios para la manipulación segura de los materiales en cuestión, pero no es asunto de agotar el tema.

Como conclusión podemos decir que el cuidado al medioambiente no se le da la importancia como lo demuestran algunos eventos internacionales recientes en que queda claro que lo prioritario es la avaricia de los empresarios. Tenemos el comportamiento hipócrita de Canadá que está depredando varios sitios en Latinoamérica con sus minas.

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