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Prohibirán el uso de mamíferos marinos para espectáculos

Quedarán excluidos de dicha prohibición aquellos mamíferos marinos que pertenezcan al gobierno federal, gobiernos estatales o a instituciones de educación superior acreditadas, siempre y cuando se tenga por objeto...

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Quedarán excluidos de dicha prohibición aquellos mamíferos marinos que pertenezcan al gobierno federal, gobiernos estatales o a instituciones de educación superior acreditadas, siempre y cuando se tenga por objeto la investigación científica, terapéutica o para actividades educativas. En ambos casos no se permitirá su uso en espectáculos con o sin fines de lucro.

El PRI,  PVEM, PES y Nueva Alianza avalaron las reformas a la Ley General de Vida Silvestre que prohíbe la utilización de mamíferos marinos, entre los que se encuentran los delfines, en espectáculos fijos o itinerantes, con excepción de actividades que involucren  la investigación con fines científicos o involucre a instituciones de educación superior acreditadas.

También las reformas  impiden  la reproducción de las especies marinas en cautiverio, así como la introducción de nuevos ejemplares, excepto aquellos con protocolo de atención y rescate de especies, lo cual estará a cargo de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

“La finalidad de estas reformas es la erradicación en su totalidad de este tipo de espectáculos que nosotros conocemos como delfinarios, con un tema que es la última generación, es decir, que se vaya extinguiendo con el tiempo, no es de manera inmediata, de la noche a la mañana, pero con la garantía de que ya vamos a tener un día finito para este tipo de espectáculos”, aseguró el coordinador de los diputados del PVEM, Jesús Sesma.

El dictamen impulsado por el grupo parlamentario del PVEM, fue avalado por el pleno camaral por una mayoría de 241 votos a favor y 190 en contra.

Las reformas fueron enviadas al Senado para su aprobación; dichas reformar del cuarto párrafo del Artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, establece también que los propietarios de los ejemplares en cautiverio contarán con un plazo de 30 días naturales a partir de la publicación de esta ley, para elaborar un inventario el cual deberá ser entregado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), así como un protocolo de control de natalidad de las hembras que formen parte del mismo.

También los propietarios o dueños de animales marinos estarán obligados a implementar un programa de reinserción de ejemplares a su medio natural, aquellos que hayan sido sustraídos del medio silvestre, debiendo informar en un plazo de 6 meses a la Semarnat sobre los posibles candidatos.

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