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ADIÓS A LAS CONDONACIONES DE IMPUESTOS, LLEGA INICIATIVA DE LÓPEZ OBRADOR, BUSCA PROHIBIRLA.

En los dos últimos dos sexenios se condonaron 400 mil 902 millones de pesos a sólo 153 mil 530 contribuyentes. La Comisión Permanente recibió la iniciativa de decreto del...
En los dos últimos dos sexenios se condonaron 400 mil 902 millones de pesos a sólo 153 mil 530 contribuyentes.

La Comisión Permanente recibió la iniciativa de decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador que reforma la Constitución con el fin de prohibir las condonaciones y exenciones de impuestos en el país.

De acuerdo con el gobierno federal, en los dos últimos dos sexenios se condonaron 400 mil 902 millones de pesos a sólo 153 mil 530 contribuyentes, por eso la reforma modifica el primer párrafo del artículo 28 de la Carta Magna.

“En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos monopolios, prácticas monopólicas, estancos, condonaciones de impuestos y exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes, así como las prohibiciones a título de protección de la industria”, se precisa.

El documento resalta que la condonación de contribuciones puede llegar a afectar el interés general de la población, ya que, de otorgarse de forma desmedida a sujetos obligados, repercute en el equilibrio que debe existir entre los ingresos y los gastos públicos.

Apunta que en los últimos sexenios se ha distorsionado el fin de otorgar al contribuyente ese beneficio, hasta llegar al punto de otorgar condonaciones generalizadas, prácticamente de “forma lisa y llana, sin que exista un enfoque de política fiscal”.

Indica que esta práctica ha causado el quebranto en ingresos financieros del Estado, además de que provocó un desequilibrio en la carga fiscal, que recae en el conjunto de la sociedad en detrimento de los contribuyentes cumplidos.

También se destaca que con esta iniciativa se detendrá la “nociva práctica de otorgar de forma discrecional y periódica y, de manera generalizada y masiva la condonación de contribuciones a deudores fiscales”.

Actualmente, el artículo 39, fracción I del Código Fiscal de la Federación confiere al Ejecutivo federal la facultad de condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo diferido o en parcialidades.

La iniciativa que se reproduce al final de esta nota se turnó a la Cámara de Diputados para su análisis y dictamen.

Con información de Aristegui Noticias

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NACIONAL

Licenciada en Ciencias de la Comunicación con especialidad en Relaciones Públicas, maestría en Mercadotecnia y docente. Interesada en educación, medio ambiente y derechos humanos.
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