ACOSO LABORAL EN AUMENTO: PGR

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La Procuraduría General de la República, señala que el hostigamiento sexual en el trabajo basado en la jerarquía va en aumento, asimismo menciona que en los últimos cinco años se ha duplicado el número de denuncias en este tipo de casos, siendo los servidores públicos los presuntos responsables de esta conducta.

Un sinnúmero de personas, son víctimas diariamente  de acoso  laboral mientras trabajan en dependencias públicas y privadas, desde discriminación, acoso o mobbing, hasta violencia e insinuaciones sexuales, que pueden generar cansancio permanente, baja autoestima y hasta problemas familiares.

El acoso laboral se puede presentar  de muchas maneras, por ejemplo ataques permanentes, persecuciones tendientes a provocar el aislamiento,  descalificaciones, desmerecimiento, desplazamiento de tareas irrelevantes aunque no siempre es explícito, siempre es una forma de abuso al  someter a un trabajador o a una trabajadora.

Un estudio realizado por la Universidad de Guadalajara, señala que el 80 por ciento de los mexicanos ha sufrido acoso laboral; el  también llamado «mobbing»,  aumenta cada día no sólo el número de gente que lo sufre sino las diversas modalidades como presión psicológica, encargo de tareas a última hora, órdenes que cambian de un día para otro, trato diferenciado entre empleados, burlas, insultos o de plano acoso sexual.

La investigación señala que ante la necesidad económica, la clase trabajadora no tiene otro remedio que aguantar los nervios o necedad de los superiores, o en otros casos soportar la agresión física, verbal o sexual.

La PGR reveló que el 2015 se cerró con 48 casos denunciados,  en 2012 se integraron 27 averiguaciones previas y 18 casos de hostigamiento en el año 2008.

En lo que va del 2016 hasta el 31 de marzo se han registrado otros 5 casos, en 8 años se han iniciado 242 averiguaciones previas que están siendo investigadas por la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y la trata de Personas.

El Código Penal Federal, en su artículo 259 bis, tipifica el hostigamiento sexual como el que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica, derivada de sus relaciones laborales, docentes o domésticas.

A la fecha ante el caso de hostigamiento sexual se impone una multa de hasta 40 días de salario y si el hostigador es un funcionario público se le destituye del cargo.

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Con información de periódico Reforma y fotografías de medios.

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