ETERNA JORNADA

¿POR QUE SE DEBEN RESTITUIR NUESTROS DERECHOS CONSAGRADOS EN EL APARTADO B DEL 123 CONSTITUCIONAL? (SÍNTESIS)

La Reforma Educativa “obradorista” deja pendiente planteamientos esenciales de la CNTE, entre los que destaca lo referente a  la precarización de los derechos laborales adquiridos, manteniendo la INCERTIDUMBRE LABORAL de los  docentes y el RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN, para lo cual expongo las siguientes consideraciones y argumentos retomados de la legislación vigente tal cual se manifiesta en nuestra Carta Magna, que dan sustento a la exigencia de la RESTITUCIÓN TOTAL DE NUESTROS DERECHOS y a la necesidad de reinsertarnos plenamente  en el Apartado B del 123 Constitucional:

 

1°. El Articulo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece todo lo referente al ámbito laboral de todos los trabajadores del país.  De ahí desprende la clasificación laboral estableciendo dos apartados: el Apartado “A” donde se ubican trabajadores cuya ley reglamentaria es la Ley Federal del Trabajo, reformada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de Noviembre del 2012; y el Apartado “B”, donde se ubican los trabajadores al servicio del Estado, cuya Ley Reglamentaria es la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, la cual NO ha sido reformada.

 

2°. En consecuencia, estos preceptos constitucionales dan reconocimiento a los derechos de los trabajadores de la educación y establecen la condición laboral respecto al ingreso, promoción (Fracc. VIII del Apartado B sobre el derecho escalafonario y desglosado en los Artículos 47 al 66 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado).

 

3.- Sobre la permanencia en el trabajo, el Artículo 46 de la misma ley burocrática es muy claro señalando en específico las causales de separación del trabajo: renuncia, muerte, término de contrato, resolución de un tribunal e invalidez.

 

4.-La citada Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado garantiza la BASIFICACIÓN DEFINITIVA (código 10) de los trabajadores al cumplir 6 meses un día, laborados de manera ininterrumpida y sin nota mala en su expediente, estableciendo así la CERTEZA LABORAL de los trabajadores.

 

Por otra parte, la reforma educativa realizada por el actual gobierno federal y el Congreso de la Unión en la modificación al Artículo 3°, dan pie a mantener el régimen de excepción laboral y al mismo tiempo marcan una contradicción constitucional al pretender armonizar que los derechos laborales se regirán, según el Artículo 16 Transitorio, que a la letra dice:  ”Con la entrada en vigor de las presentes disposiciones, los derechos laborales de los trabajadores al servicio de  la educación, se regirán por el Artículo 123 Constitucional, Aparado B. Con fundamento en este Decreto, la admisión, promoción, y reconocimiento se regirán por la Ley Reglamentaria del Sistema para la Carrera de las y los Maestros, prevaleciendo siempre la rectoría del Estado”, mediante la creación de una ley especial de carrera magisterial de contenido laboral dentro del propio artículo 3°.

 

¡EN DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA Y GRATUITA, NI UN PASO ATRÁS!

¡ABROGACION SÍ, SIMULACIÓN NO!

 

MOVIMIENTO DEMOCRÁTICO DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE GUANAJUATO (MDTEG) SECCIONES 13 Y 45 DEL SNTE-CNTE   m[email protected]     Facebook.com Cnte Guanajuato   24 de Mayo 2019

Radio por internet:        http://www.ustream.tv/channel/la-vida-continua                                                            

 

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    One thought on “ETERNA JORNADA

    1. LOS MAESTROS SON UNA GRAN MAFIA CRIMINAL. Tienen a México en el penúltimo lugar en calidad de educación en el mundo.

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