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DETERMINA PROFEPA QUE INCENDIO EN LA ISLA DE HOLBOX FUE PROVOCADO

Holbox fue decretada como “Área de Protección de flora y fauna, Yum Balam” el pasado 6 de junio de 1994.

 

 

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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró temporalmente 87 hectáreas afectadas por el incendio en la Isla de Holbox, Quintana Roo, debido a que existen indicios claros de que el siniestro fue provocado.

El titular de la PROFEPA, Guillermo Haro Bélchez, acompañado del Vicealmirante Luis Felipe López Castro, jefe de Estado Mayor de la Quinta Región Naval, sobrevolaron la zona siniestrada en Holbox, a fin de observar la magnitud del incidente y supervisar los trabajos de inspección llevados a cabo.

Lo anterior se hizo con el apoyo de la Secretaría de Marina (SEMAR), quien ha participado con PROFEPA, CONANP y CONAFOR, desde el primer día de las acciones para atender el incendio.

Personal de la Delegación Federal y Oficina Regional en Akumal de la PROFEPA llevó a cabo los trabajos de inspección el área afectada del Ejido Holbox, donde se observó matorrales con marcas de pintura roja, lo que evidencia la presencia humana antes del siniestro.

Esta acción se efectuó en coordinación con personal de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) y de la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), por lo que se constató la afectación de vegetación conformada por  especies endémicas de  Palma Chit (Thrinax radiata), Palma Nacax (Cototrinax reidii), y elementos de selva baja.

Además, Chechen (Metopium brownei), Tissiche (Pithecelobium keyense), Uva de mar (Coccoloba uvifera), Limoncillo (Jacquinia aurantiaca), Maguey (Agave antugustifolia) y Oregano de playa (Lantana involucrata).

Con base a la evidencia del daño a la flora del lugar, se determinó que el incendio tuvo un avance Este – Oeste, con desplazamiento irregular, flanqueado por la humedad de la vegetación lateral y por la disponibilidad y alineación del material combustible.

Asimismo, la PROFEPA detectó que se afectó la capa orgánica de suelo hasta 6 centímetros de profundidad, con eliminación completa del estrato orgánico y la exposición directa a la erosión hídrica.

También se observó la eliminación y desplazamiento de fauna silvestre como el Venado (Odocoileus virginianus), Mapache (Procyon lotor), Ocelote (Leoparus pardalis), Lagartija escamosa (Scelopurus crysostictus), Iguana rayada (Ctenosaurea similis).

Tolok (Basiliscus vittatus), Langosta (Rhammatocerus pictus), Cigarra (Cicada orni), Pajaro carpintero (Melanerpes aurifrons), Cenzontle (Mimus gilvus), Chara yucateca (Cynocorax yucatanicus) y el Hocofaisan (Crax rubra).

Cabe señalar que para determinar las causas del incendio, se hizo un sobrevuelo por la zona buscando claros, brechas, asentamientos o construcciones rusticas que pudieran indicar pruebas de participación humana; pero fue a través del recorrido por tierra en la totalidad de la superficie afectada donde se observaron matorrales con marcas de pintura roja, que evidenciaron la presencia humana antes del siniestro.

Por ello y a fin de prevenir otros ilícitos como el cambio de uso de suelo, se impuso como medida de seguridad la Clausura Total Temporal, por lo que se establecerán sanciones contra quien resulte responsable del incendio.

La sanción puede llegar hasta los 20 mil días de salario mínimo como multa de acuerdo a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, junto con las denuncias penales correspondientes que pueden llevar de 1 a 9 años de prisión.

También se dictarán medidas de restauración, por lo que se solicitará a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y a la Comisión Nacional Forestal la implementación de un Programa de Restauración y Acciones tendientes a la recuperación del ecosistema.

Se solicitará a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), no autorizar cambios de uso de suelo en terrenos incendiados de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, durante los próximos 20 años.

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