- El Congreso Local eliminó la excepción para que menores de 18 años y mayores de 16 puedan contraer matrimonio.
- Aprueban reformas al Código Civil y al Código de Procedimientos Civiles en materia de matrimonio infantil
Menores de 18 años no podrán contraer matrimonio en el Estado de Guanajuato, luego de que el Pleno del Congreso local eliminara la excepción para que menores de 18 año y mayores de 16 puedan contraer matrimonio, con la aprobación de reformas al Código Civil y al Código de Procedimientos Civiles del Estado en materia de matrimonio infantil.
La diputada Angélica Casillas Martínez dijo, al hacer uso de la tribuna para hablar a favor de estas modificaciones, que “el matrimonio infantil y las uniones tempranas vulneran una serie de derechos, entre ellos, el derecho a la salud de las niñas y adolescentes, el derecho a la educación, el derecho a su bienestar y a disfrutar su infancia y, en general, el derecho a desarrollarse plenamente en todos los ámbitos de la vida”
Recordó que “México ha firmado diversos instrumentos internaciones que prohíben el matrimonio infantil, entre los que destacan, por su carácter vinculante, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)”.
“Los 18 años se establecen como la edad mínima para el matrimonio o para la unión, porque es la edad que define el final de la infancia y constituye el límite máximo hasta donde se debe garantizar la protección contra todas las formas de violencia y el desarrollo de todo el potencial tanto de niñas como de niños”, abundó.
Finalmente, la legisladora enfatizó que con esta reforma, “se elimina la excepción contemplada en el Código Civil de nuestro Estado, para que los menores de 18 años y mayores de 16, puedan contraer matrimonio, pues antes de la reforma que hoy se somete a aprobación, esto era posible mediante un procedimiento de dispensa”.