MULTA PROFEPA A LA TERMOELÉCTRICA DE MANZANILLO

 

+ La sanción económica, por un millón 132 mil 350 pesos.

+Se impuso Clausura Parcial Temporal por éste y otros incumplimientos.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) multó por la cantidad de 1 millón 132 mil 350 pesos a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Central Termoeléctrica “Gral. Manuel Alvarez Moreno”, ubicada en el ejido Campos, municipio de Manzanillo, Colima; por incumplir con la legislación ambiental vigente.

La sanción económica impuesta a la Paraestatal fue en virtud de que el Laboratorio que realizó las mediciones de las emisiones a la atmósfera, provenientes de sus equipos de combustión, identificadas como Unidades de Generación de Energía 09, 10, 11 y 12, no se encontraba aprobado por la PROFEPA.

Asimismo, se impuso la multa citada por presentar la inspeccionada las bitácoras de operación y mantenimiento a dichas Unidades de Generación de Energía Eléctrica con información inconclusa y no entregarlas anualmente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente PROFEPA; no dar aviso a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) de los paros programados; y presentar Cédula de Operación Anual Incompleta.

Debido a que la Central Termoeléctrica “Gral. Manuel Alvarez Moreno”, previo a que se impusiera la sanción correspondiente llevó a cabo el cumplimiento de medidas correctivas ordenadas en el Acuerdo de Emplazamiento, se consideró como atenuante de las infracciones cometidas.

Cabe referir que en respuesta a las constantes denuncias populares recibidas por esta Procuraduría, consistentes en que ésta emitía contaminantes a la atmósfera, se realizaron en su oportunidad Visitas Técnicas y de Inspección a la Central Termoeléctrica de Manzanillo, y en el marco de una Visita de Verificación se impuso la medida de seguridad ordenada en Acuerdo de Emplazamiento, consistente en la Clausura Parcial Temporal de las Unidades de Generación de Energía 09, 10, 11 y 12.

La referida Clausura Parcial Temporal se realizó en virtud de que las emisiones de gases y partículas producto de la combustión generadas por las Unidades de Generación de Energía 09, 10, 11 y 12, constituían un problema de contaminación atmosférica en el entorno de la Paraestatal, lo que estaba causando malestares a los pobladores aledaños a ésta.

Posteriormente, en otra Visita de Verificación se dejó sin efecto la Clausura Condicionada al presentar la Central Termoeléctrica de Manzanillo las evaluaciones de las emisiones a la atmósfera practicadas a las Unidades de Generación de Energía 09, 10, 11 y 12, por un Laboratorio debidamente acreditado ante la EMA y aprobado por la PROFEPA.

Por tanto, al cumplir con los métodos de prueba establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables y con los límites máximos permisibles establecidos en la NOM-085-SEMARNAT-2011, se retiraron los sellos de clausura colocados en la válvula principal de abastecimiento de combustóleo y en los tableros de control de interruptor de las cuatro Unidades de Generación de energía.

 

 

 

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