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IGLESIA NO SERÁ «JURÍDICAMENTE RESPONSABLE» DE PEDERASTAS

La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) advirtió a obispos, sacerdotes, religiosos y laicos de pastoral en la Iglesia que, en casos de pederastia, deben “responder personalmente a aquellos actos...

La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) advirtió a obispos, sacerdotes, religiosos y laicos de pastoral en la Iglesia que, en casos de pederastia, deben “responder personalmente a aquellos actos u omisiones que pertenecen a su vida privada como ciudadanos”, por lo que las diócesis “no serán jurídicamente responsables de las acciones u omisiones realizadas” y las autoridades civiles decidirán su responsabilidad penal.
En el documento Líneas guía del procedimiento a seguir en caso de abuso sexual de menores por parte del clero recordaron que encubrir esos abusos sexuales es un delito que se castiga con dos a siete años de prisión, y que los que cometan pederastia enfrentarán de nueve a 18 años.

Por ello, los llamó a actuar con total transparencia y sentido de responsabilidad, para evitar estos “delitos abominables” y asumir el principio de “tolerancia cero”.
El documento y sus anexos, de los que tiene copia MILENIO, explican qué hacer en caso de que un miembro de la Iglesia cometa ese “delito aberrante” contra niños, niñas o adolescentes (NNA). Los textos, que responden a la normatividad del Vaticano y a las leyes civiles mexicanas, fueron entregados a los obispos el año pasado.
En la introducción, la CEM reconoce que “en el pasado, por diversas circunstancias, no se actuó como era debido”, aunque también pide poner atención a casos de algunas personas que inventan un abuso sexual para obtener un beneficio económico o manchar la reputación de un clérigo.

Además, advierte que no se deben escatimar esfuerzos para proteger a los niños y niñas, por lo que no se puede dar prioridad a ningún tipo de consideración como “el deseo de evitar el escándalo”.

También especifica que el Estado considera abuso sexual infantil o pederastia “toda conducta en la que un menor es utilizado como objeto sexual por parte de otra persona con la que mantiene una relación de desigualdad, ya sea en cuanto a edad, madurez o poder”.

A los familiares y adultos alrededor de la víctima, se les exhorta a no prejuzgar y considerar que está miente, mientras que a los clérigos se les insiste en actuar con diligencia e inmediatamente para corregir las injusticias del pasado y otorgar la reparación de los daños.
Las víctimas, indica el texto, tienen derecho a recibir apoyo espiritual o cualquier otro que contemple la ley, y que ofrecerán terapias en centros especializados para la protección de NNA que deben crear las mismas diócesis. “Por justicia, de manera subsidiaria, las Asociaciones Religiosas están obligadas a colaborar en la reparación del daño a favor de las víctimas”.

Además, en los casos de abuso sexual comprobado, se tendrá que dar un apoyo a la comunidad en donde el victimario ejercía su ministerio.

Los acusados

La CEM insistió en que da prioridad a la protección de los menores, pero también considera que, mientras el imputado goce de presunción de inocencia, se le debe asistir para “ayudarle a enfrentar la falta o el posible delito cometido. Deberá someterse a un programa terapéutico inspirado en los modernos protocolos clínicos especialmente para tratar patologías”.

Cada diócesis, agrega el documento, “contará con psiquiatras y psicólogos especialistas en temas relacionados con abuso sexual, sin excluir la posibilidad de terapias en centros especializados para sacerdotes”.
Los derechos del acusado, “deben ser respetados… Tiene derecho a una defensa adecuada desde la investigación previa y a la presunción de inocencia desde el inicio de procedimiento penal”.

Cuando no se compruebe una acusación, se deberá de restablecer el buen nombre del clérigo y, si es culpable, queda excluido de su reintegración al ministerio. El documento también recomienda tener particular cuidado en seminarios y subraya que “queda prohibido el traslado de clérigos acusados o denunciados de abuso sexual a NNA”, por lo que sugiere a los obispos que “antes de recibir a un sacerdote de otra diócesis, solicite información”.
Finalmente, insiste en que deberán colaborar con las autoridades competentes y proporcionar la información de los tribunales eclesiásticos, siempre que “medie un mandato judicial o del Ministerio Público debidamente fundado”.

Fuente: MILENIO

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