Por: Manuel De la Torre Rivera*
Zonificación Secundaria – PMDUOET 2040 – IMPLAN [1]
En el artículo anterior de ésta columna Biósfera, Parte 3 [2], se abordaron las estrategias propuestas para avanzar en el ordenamiento del territorio municipal.
Lo anterior con miras a que el municipio de Salamanca, que en este momento se encuentra en periodo de actualización de los Instrumentos de Planeación y Uso Ordenado del Territorio (Plan Municipal de Desarrollo – PMD 2050 – y Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico del Territorio – PMDUOET 2050 –), considere e integre esas estrategias propuestas entre las cuales destaca:
«Impulsar la armonización entre los instrumentos de Ordenamiento Territorial (OT) y Desarrollo Urbano (DU), con el ordenamiento ecológico, y con el ordenamiento turístico sustentable, definidos en la normativa aplicable en la materia, bajo un esquema de sostenibilidad territorial.» [2]
Una muestra de que esa “armonización” no se ha dado con el ordenamiento ecológico, dan constancia los dos últimos PMDUOET del municipio de Salamanca (el publicado en el año 2016 y el actual vigente aun, publicado el 20 de agosto del 2021), pues incurrieron en una reducción y simplificación de las Unidades de Gestión Ambiental (UGAs) [3], ya que el POELS 2012 establece 269 UGAs, contra 51 Unidades de Gestión Ambiental Territorial (UGAT) [4] que establece el PMDUOET 2021. ¿Qué han significado estos cambios? Analicemos el caso del Área al norte de la cabecera municipal, exceptuando el Área Natural Protegida:
¿Cómo podría revertirse esto?
En el ejercicio del gobierno municipal 2024 – 2027, mismo que está actualizando y desarrollando el PMD 2050 y el PMDUOET 2050, debe revisar y tomar en cuenta los siguientes instrumentos:
(Continuará…)
Salamanca, Gto. 08 de diciembre del 2024.
(05 de diciembre: Día Mundial del Suelo.)
*Trabajador jubilado de PEMEX, con 35 años de antigüedad en la refinería RIAMA de Salamanca, Miembro del Frente Regional Ciudadano en Defensa de la Soberanía y el Observatorio Ambiental Ciudadano Biósfera.
[1] Consulta en Línea: https://implansalamancagto.gob.mx/mapas/ ,https://drive.google.com/file/d/1eows8WXyneQmOWoVUiuqm3J12Df1t-2K/view
[2] Consulta en Línea: https://salmantino.mx/2024-biosfera-el-programa-de-ordenamiento-ecologico-del-municipio-de-salamanca-gto-poels-parte-3/
[3] Las UGAs se definen como áreas con características físico-biológicas homogéneas a las que se les puede dar un manejo ambiental integrado al interior de cada una de ellas que permitirá el aprovechamiento sustentable de los recursos, la disminución del deterioro ambiental y la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad. (POELS 2012).
[4] Las UGAT constituyen la unidad mínima para la gestión del territorio del estado de Guanajuato. Cada una representa una porción del territorio estatal a la que se vincula una política ambiental y territorial, un lineamiento ecológico y territorial, estrategias resultado de la identificación de problemáticas y conflictos ambientales – territoriales, los usos susceptibles a desarrollarse de acuerdo a la aptitud territorial y las directrices urbanas y territoriales a los que deberá sujetarse cada actividad para llevarse a cabo de manera adecuada (PEDUOET 2040, pp. 689). —– Modelo de ordenamiento sustentable del territorio: en el que se establecen las políticas, directrices, criterios y estrategias de uso y ocupación del suelo, determinadas con base en los diferentes escenarios y la potencialidad y disponibilidad de los recursos, las de protección, conservación y restauración del equilibrio ecológico, así como de la evaluación de su impacto para el desarrollo. El modelo es en este contexto un instrumento de políticas destinado a normar el uso y aprovechamiento del suelo, evaluando sus potencialidades y conflictos, y se territorializará en UGAT (Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato, Artículo 41, fracción V).