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SCJN RESPALDA DESCRIMILIZACIÓN DEL ABORTO; 8 MINISTROS SE MUESTRAN A FAVOR.

Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN puntualizó que  condenar a las mujeres a la cárcel, la clandestinidad y poner en riesgo su vida es injusto e inconstitucional. La Suprema...

Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN puntualizó que  condenar a las mujeres a la cárcel, la clandestinidad y poner en riesgo su vida es injusto e inconstitucional.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación inició el análisis de diversos artículos del Código Penal para el Estado de Coahuila que criminalizan la interrupción del embarazo voluntario y que sancionan la violación entre personas unidas en matrimonio, concubinato o pacto civil con una pena menor que la establecida para el delito de violación en general.

Previo a abordar el estudio de fondo, la Corte determinó sobreseer por lo que respecta al artículo 13, apartado A, del Código Penal local, en virtud de que dicha norma fue expulsada del sistema jurídico en la acción de inconstitucionalidad 143/2017. En cambio, el Pleno consideró que no existen obstáculos para estudiar la constitucionalidad de la norma que se refiere a la violación a cónyuge y otras personas con vínculos similares (artículo 224, fracción II).

Posteriormente, la Corte inició la discusión de las normas sobre la interrupción del embarazo impugnadas que establecen que: “Comete aborto quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo” (artículo 195) y que: “Se impondrá de uno a tres años de prisión, a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de aquella” (Artículo 196).

La discusión de este asunto continuará durante la próxima sesión del Pleno de la Suprema Corte y tendrá efecto para todos los estados.

Acción de inconstitucionalidad 148/2017, promovida por la entonces Procuraduría General de la República, demandando la invalidez de diversas disposiciones del Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 27 de octubre de 2017, mediante Decreto 990.

Cabe recordar que, actualmente, sólo la Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz permiten a las mujeres decidir sobre su propio cuerpo, mientras que el resto de las 32 entidades establecen penas para quien lleve a cabo la interrupción del embarazo.

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