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DESCUENTO EN AUTOTRASPORTE A MAESTROS Y ESTUDIANTES DURANTE EL PERIODO DE SEMANA SANTA

* Será del 25 y 50 por ciento, en primera clase y económica * Se aplicará del 30 de marzo al 10 de abril de 2015 * Maestros y...

descuentos

* Será del 25 y 50 por ciento, en primera clase y económica

* Se aplicará del 30 de marzo al 10 de abril de 2015

* Maestros y estudiantes deberán acreditar constancia oficial

En el próximo periodo vacacional de Semana Santa, los prestadores de servicios ferroviarios y de autotransporte federal de pasajeros, deberán otorgar descuentos del 25 y 50 por ciento a maestros y estudiantes, respectivamente, en primera clase y económica.

Lo anterior fue dado a conocer por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT) por medio del Diario Oficial de la Federación, y precisa que la disposición estará vigente del lunes 30 de marzo al viernes 10 de abril de 2015.

Para poder hacer válido el descuento, los maestros y estudiantes tendrán que mostrar una credencial vigente o constancia que contenga el nombre y sello de la escuela, datos del titular con fotografía y en su caso, número de cuenta o matrícula.

Las instituciones que tengan un periodo vacacional en diferentes fechas a las marcadas por la Secretaría de Educación Pública (SEP), aclara, el descuento se efectuará al presentar una constancia expedida por la institución, en la cual se mencione que se encuentran en periodo de vacaciones y la duración de las mismas.

Las credenciales con las que se podrán identificar, deben ser de las instituciones que se encuentren incorporadas a la SEP, Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Instituto Politécnico Nacional (IPN), así como las universidades de todo el país.

Los institutos, escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía, Colegio de Bachilleres y escuelas integradas a éstas, también se verán beneficiadas con el descuento antes mencionado.

La reducción está limitada a ocho estudiantes y dos maestros por corrida, quienes están obligados a mostrar sus credenciales o constancias en inspecciones que se puedan presentar a bordo de los vehículos.

Las quejas por infracciones, en lo que concierne a la materia de tarifas ferroviarias, deberán presentarse ante la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal, y en caso de niveles de cobro del autotransporte ante la Dirección General de Autotransporte Federal o, en su defecto y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda al domicilio del usuario.

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