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GOBIERNO MUNICIPAL, JUEZ Y PARTE EN LA VIGILANCIA DE SU ACTUAR

  La Ley Orgánica Municipal permite que las administraciones se observen a sí mismas. Ciudadanos obligados a exigir a Contralorias investiguen y den seguimiento de presuntos ilícitos   Aún...

 

  • La Ley Orgánica Municipal permite que las administraciones se observen a sí mismas.
  • Ciudadanos obligados a exigir a Contralorias investiguen y den seguimiento de presuntos ilícitos

 

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Aún y cuando no sea sano que los gobiernos municipales sean juez y parte en la observación de sus actos, la Ley Orgánica Municipal avala que los titulares de la Contraloria sean designados por el partido en el gobierno, señaló el ex regidor del PRD Moisés Ibarra.

En opinión a la conveniencia y las consecuencias que implica que el Contralor Municipal dejaran de ser propuestos por el partido de la primera minoría en el Cabildo y a partir de la presente gestión, el titular como los subcontralores hayan sido personas designadas por el partido que gobierna, son cargos que permite la Ley Orgánica Municipal, indicó el entrevistado.

Un caso concreto es el nombramiento que hiciera el gobierno municipal del alcalde Antonio Arredondo Muñoz, con el nombramiento del contador Noé López García y los subcontralores Hugo Arévalo Ramírez y Víctor Hugo Delgado Montes.

“El contralor ahora puede ser del mismo partido que esté gobernando la administración, lo contempla la Ley Orgánica Municipal”, indicó el ex regidor, con todo y que no sea tan efectivo, ni sano, reconoció al señalar que “siempre es sano que el Contralor sea de la primer minoría” para que siempre será más sano que la administración municipal no se observe a sí misma, ya que esta normativa da la oportunidad a que sean juez y parte y a que pudieran ocultarse vicios e ilícitos.

Por lo que respecta al desempeño del Contralor Municipal, el edil de la pasada administración, que los ciudadanos deben involucrarse y participar en la vigilancia de los recursos públicos y el actuar de los gobiernos municipales, presentando las demandas de aquellos temas que conozca y tenga elementos para solicitar la investigación hasta las últimas consecuencias de algún procedimiento o inconformidad.

Esto porque en gran parte de los casos demandados por los ciudadanos, no se finiquitan y terminan archivándose porque el demandante no acude a ratificar las quejas, “pero muchas veces el ciudadano no acude a ratificar la queja y se queda sin materia la Contraloria y tiene que archivar el expediente que se inició”, indicó el ex regidor.

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Todo esto -dijo- se debe a que hay desconocimiento de los ciudadanos de las atribuciones de Contraloria y los Reglamentos aplicables al caso, motivo por el cual invitó a los ciudadanos a involucrarse en el quehacer de gobierno, primero conociendo e investigando los Reglamentos Municipales y segundo vigilando el actuar de los servidores públicos y denunciando las irregularidades que tengan conocimiento.

 

 

 

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