fbpx

PROFEPA CLAUSURA TIENDA OXXO QUE OPERABA EN ZOFEMAT DE SAYULITA, BAHIA DE BANDERAS, NAYARIT

+ La tienda instalada en una superficie de 266 m2 colindante con la ZOFEMAT e inmersa en un ecosistema costero, no cuenta con autorización de impacto ambiental de la...

CLAUSURA_OXXO2

+ La tienda instalada en una superficie de 266 m2 colindante con la ZOFEMAT e inmersa en un ecosistema costero, no cuenta con autorización de impacto ambiental de la SEMARNAT.

+  Se impuso como medida de seguridad la clausura del comercio, en tanto no se acredite contar con la autorización en materia de impacto Ambiental emitida por la SEMARNAT.

 

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), impuso la clausura parcial temporal, al comercio denominado OXXO en la comunidad de Sayulita, Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit, por no contar con la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

 

El pasado 19 de julio se realizó una visita de inspección a la tienda de conveniencia cuya construcción está hecha con concreto armado en una superficie aproximada de 266 m2, con la finalidad de verificar si contaba con la documentación oficial que se requiere al colindar con la Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT), al situarse a 20 metros del mar y, por ende, en un ecosistema costero.

 

 Cabe señalar que el inspeccionado no acreditó contar con la autorización referida, lo que presupone que la autoridad normativa no pudo prever los posibles impactos ambientales acumulativos, sinérgicos o relevantes, y en consecuencia no se establecieron las medidas para prevenir o mitigar los impactos generados.

 

Ante ello, la PROFEPA impuso la clausura parcial temporal del referido comercio, con la finalidad de evitar que se sigan ocasionando afectaciones al ecosistema en que se encuentra construido dicho establecimiento comercial.

 

Una vez concluida la inspección, los visitados se negaron a recibir el acta correspondiente. No obstante, el artículo 164 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), prevé que si la persona con quien se entendió la diligencia o los testigos se negaren a firmar el acta, o el interesado se negare a aceptar copia de la misma, dichas circunstancias se asentarán en ella, sin que esto afecte su validez y valor probatorio.

 

Con acciones como esta, la PROFEPA favorece el estricto cumplimiento de la legislación ambiental, para la efectiva protección de nuestros recursos naturales.

 

Categorias
NACIONAL
Sin comentarios

Deja una Respuesta

*

*

Relacionado con

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com