Aprueban reformas para castigar los ciberdelitos.
HASTA DOS AÑOS DE PRISIÓN A QUIEN ACOSE O INTIMIDE POR INTERNET, CUATRO AÑOS A QUIEN COMPARTA FOTOS ERÓTICAS SIN CONSENTIMIENTO.
El Pleno del Congreso aprobó reformas al Código Penal del Estado de Guanajuato, a fin de tipificar las conductas que atenten contra la libertad personal y sexual, a través de medios electrónicos. Con estas modificaciones se establecen como nuevos tipos penales el acecho, la afectación a la intimidad y la captación de menores.
En el documento se señala que se pretende dar respuesta al reclamo social de contar con tipos penales orientados de forma específica a castigar las conductas de acoso y abuso a través del internet, de forma que los guanajuatenses tengan la certeza de que, si alguien intenta aprovechar herramientas digitales para ponerlos en riesgo, el Estado contará con elementos jurídicos para combatir a los agresores y preservar la seguridad de la víctima.
Con la reforma se establece que a quien a través de cualquier medio acose o aceche a otra persona amenazando su libertad o seguridad se le impondrá de tres meses a dos años de prisión y de cinco a veinte días de multa.
Por otro lado, quien sin autorización de la persona afectada difunda o ceda, por cualquier medio, imágenes, audios o grabaciones audiovisuales de contenido erótico o sexual, se le sancionará con dos a cuatro años de prisión de veinte a cuarenta días de multa. La pena aumentará si esos hechos son cometidos por el cónyuge o por la persona que tenga una relación de afectividad con la víctima.
Asimismo, se precisa que el ministerio público tendrá que establecer medidas para retirar inmediatamente el contenido que haya sigo difundido, a fin de salvaguardad la intimidad de la víctima.
En cuanto a la captación de menores, se precisa que quien, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, establezca comunicaciones de contenido sexual o erótico y procure un encuentro personal con una persona menor de 18 años o incapaz, se le impondrán de tres meses a dos años de prisión y de cinco a veinte días de multa. Si el individuo hace uso de una identidad falsa, las penas se incrementarán.
Los tres delitos se perseguirán por querella.
Para hablar a favor del dictamen hizo uso de la voz la diputada Libia Dennise García Muñoz Ledo, quien indicó que el acoso y el acecho que viven muchas personas a través del espacio virtual traspasa a la vida diaria y la afecta de forma que cambian hábitos, se altera el desarrollo personal y esas conductas hasta hoy no estaban tipificadas.
“Estamos por dar un paso muy importante, un paso que nos permitirá decirles a quienes han sido víctimas de violencia digital que no son culpables, que los únicos culpables son quienes, sin su consentimiento, han difundido sus imágenes o videos íntimos”, subrayó la congresista.
García Muñoz Ledo indicó que las reformas incluyen una medida precautoria que deben observar los ministerios públicos y los juzgadores, a efecto de hacer todo lo necesario para que el contenido difundido sea retirado inmediatamente, salvaguardado así, la intimidad de la víctima.
“El acecho, la captación de menores y la afectación a la intimidad son los tres nuevos tipos penales que, con su voto, se incorporarán a nuestro Código Penal, sabedores de que son la puerta de entrada a la regulación de muchos otros derechos digitales que hoy deben comprometernos a legislar para que todas y todos podamos navegar seguros en internet”, afirmó la legisladora.
Por su parte, el diputado Jaime Hernández Centeno indicó que con estas reformas se daba respuesta efectiva para contener las conductas que dañan los derechos humanos. Afirmó que, el acoso a través de internet y la publicación de imágenes privadas es uno de los fenómenos que genera afectaciones en México y el mundo entero.
Agregó que esas agresiones ponían en riesgo la vida de la víctima y debían ser castigadas, por lo que, dijo, para el Guanajuato actual era necesaria, ya que la vida de internet se entrelazaba con la real.