El difícil renacimiento del derecho de huelga en Sombrerete
Por:Oscar Alzaga*
Para los mineros de la sección 201 de Sombrerete, Zacatecas.
El 20 de noviembre el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo, en el expediente 519/2019, emitió su resolución a favor de la huelga de Sombrerete, Zacatecas, del Sindicato Nacional Minero. Y en contra de los actos ilegales y arbitrarios de 12 años de Germán Larrea, el oligarca que tanto daño hizo al Derecho de Huelga, apoyado en los serviles gobiernos de Calderón y Peña Nieto, indignos a su investidura.
Pero la trascendencia de la resolución es mayor, marca el Renacimiento del Derecho de Huelga, ya que Sombrerete junto con Taxco y Cananea iniciaron sus respectivas huelgas el 30 de julio de 2007, resistiendo las peores agresiones ilegales y actos de violencia contra esas luchas, los huelguistas y su líder, Napoleón Gómez Urrutia, en el exilio forzado.
Nada frenó a los mineros a estallar las tres huelgas, debido a que la empresa desconoció a la representación sindical; se negó a dar seguridad a las tres minas, pese a la tragedia de Pasta de Conchos de 2006; se negó a cubrir las cuotas sindicales, entre otras violaciones a los contratos colectivos de trabajo. Pero ni al líder ni a los mineros les tembló la mano para ejercer su derecho. Pese a que ningún sindicato nacional industrial había recurrido a ejercerla, en el siglo XXI.
Durante los gobiernos neoliberales disminuyeron las huelgas por la represión y actos ilegales de los gobiernos contra ellas, y Peña Nieto lo celebró como un triunfo patronal con la política “cero huelgas”. No es raro que tantos retrocesos neoliberales llevaran al PRI y sus satélites dependientes al despeñadero.
En Cananea, la huelga fue 4 veces declarada inexistente por la Junta Federal y 4 veces el Sindicato ganó los amparos, por lo cual Larrea recurrió a que la Secretaría de Economía le otorgara un dictamen que decía “que por causas de fuerza mayor” la empresa en huelga no podía seguir laborando, “dando por terminadas las relaciones individuales y colectivas de trabajo”. Lo que avaló la Junta Federal y despidió a 1,200 mineros con tal aberración ilegal. Larrea tuvo que poner a su abogado, Fernando Gómez Mont, como Secretario de Gobernación para ganar al Sindicato Minero hasta en la Suprema Corte. La autoridad intentó desalojar a los huelguistas 2 veces de las instalaciones, con la violencia de la Policía Federal Preventiva. Y lo lograría, con el despido de los mineros y dejar sin efecto la huelga, con las sustituciones del sindicato, del contrato colectivo y de los mineros. Abarató el salario de 450 pesos diarios de los mineros, a 150 con un sindicato de la CTM. Siendo ese el objetivo del oligarca: abaratar la mano de obra y destrozar el derecho de huelga.
Pero en Cananea la lucha sigue: el asunto de la huelga y los despidos están en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, acompañados de las protestas mineras. En 2019, para que les pagaran las utilidades ganadas en juicio, pero retenidas por la anterior y la actual Junta Federal, los mineros tuvieron que “salir a la calle” a tomar las Juntas.
En Taxco, 2 veces fue declarada inexistente la huelga y 2 veces ganó el Sindicato Minero los amparos; por lo cual Germán Larrea recurrió a solicitar el cierre de las minas de Taxco “por carecer de reservas”, lo que acreditó con falsas pruebas, mismas que el Sindicato echó abajo con otras declaraciones contrarias de Larrea en la Bolsa Mexicana de Valores. No obstante, repitió la misma maniobra pero mejorada, volvió a perder el cierre de las minas por falta de reservas. Por ello el personal de confianza de Larrea trató de engañar a los mineros con promesas, con la sola condición de que los huelguistas “dejen al Sindicato Minero”, pero la memoria viva de Zapata lleva a rechazar los engaños y seguir su lucha digna. El procedimiento de huelga sigue vivo en la Junta.
Desde julio de 2007 y hasta noviembre de 2019, la huelga de Sombrerete y el Derecho Constitucional -exclusivo de los trabajadores- triunfan, y derrotan los peores recursos ilegales contra los huelguistas: 2 veces la Junta declaró inexistente la huelga y 2 veces perdió la empresa y la Junta ante los amparos sindicales; 2 veces la Junta Federal aceptó interrumpir la huelga con demandas de titularidad del contrato colectivo y golpeadores de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) que ocuparon la mina con lujo de violencia.
En la primera demanda, con conocimiento y complicidad de los tres gobiernos: el Federal, Estatal y Municipal, del 30 de agosto de 2012 a junio de 2013, pero al derrotar a la CROC en el recuento, Larrea la sustituye con un sindicato blanco de la Federación Nacional de Sindicatos Independientes (FNSI) en 2013, ¡no faltaba más!
En la segunda demanda de titularidad del contrato colectivo igual, con golpeadores que tomaron la mina, acompañaron su demanda, con una ¡novedad!: Grupo México inventó con la Junta Federal de Monterrey una demanda -de mineros liquidados 2 años atrás- que, ¡oh sorpresa!, ganó a Grupo México su reinstalación, y logró así un padrón con 210 mineros más, para que ganara el sindicato blanco el segundo recuento.
Paralelamente, la empresa solicita que la imputabilidad de la huelga dejara de ser un derecho exclusivo de los trabajadores para ser, por razones de equidad, también patronal. Lo que logra Larrea con el apoyo de la Suprema Corte, pero no logra acabar la huelga de Sombrerete. Por lo que Larrea dejó de acudir a la Ley para pasar a los hechos: así, sin resolver el amparo del Sindicato, tomó la Mina y la pone a producir en junio de 2018, para continuar hasta el laudo del 2 abril de 2019 que, la Junta Federal actual, apoya también a Germán Larrea.
Y, por si fuera poco, Grupo México presiona a los gobiernos para que embarguen las cuotas sindicales, para ahorcar al Sindicato Minero, lo que realiza el gobierno de Calderón del PAN. Pero ni así logran acabar con la resistencia, unidad y solidaridad de las huelgas mineras.
Sería hasta que la resolución del Primer Tribunal Colegiado pone fin a tantas maniobras y corrupción de la empresa y autoridades citadas, al obligar a la Junta a que “determine que no se puede conformar el padrón de los trabajadores con derecho a voto con documentos relacionados hasta el mes de julio de 2007…” Agrega: “y al resolver la controversia [que la Junta] aplique el contenido del primer párrafo del artículo 902 de la Ley Federal del Trabajo…”
“Artículo 902.- El ejercicio del derecho de huelga suspende la tramitación de los conflictos colectivos de naturaleza económica pendientes ante el Tribunal y las solicitudes que se presenten, salvo que los trabajadores manifiesten por escrito, estar de acuerdo en someter el conflicto a la decisión del Tribunal.”
Y así se pone a salvo el derecho de huelga ante las maniobras patronales.
*Abogado miembro de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos y la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas.