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• La instalación del Sistema obedece al plazo de 60 días establecido la Ley de Búsqueda Local.
• Según el Estado, se da cumplimiento a las determinaciones del Sistema Nacional y de la Comisión Nacional de Búsqueda de conformidad a la Ley General.
El Gobierno Estatal comunicó que con el objetivo de coordinar las acciones de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento, entre las autoridades estatales y municipales, relacionadas con la prevención, investigación y búsqueda de personas desaparecidas; se instaló el Sistema Estatal de Búsqueda de Personas.
El secretario de Gobierno, Luis Ernesto Ayala Torres, fue el responsable de llevar a cabo la instalación al ser el presidente del Sistema.
“Con este Sistema se fortalecerá la participación conjunta entre las autoridades de los distintos órdenes de gobierno, permitirá también la colaboración de los familiares en los términos previstos en las disposiciones normativas al respecto, en las tareas de búsqueda, incluido el diseño, implementación y evaluación de las acciones en casos particulares, como en políticas públicas y prácticas institucionales”, dijo.
Además del Secretario de Gobierno, integran el Sistema: el magistrado Héctor Tinajero Muñoz, Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo del Poder Judicial del Estado de Guanajuato; Álvar Cabeza de Vaca Appendini, Secretario de Seguridad Pública; Carlos Zamarripa Aguirre, Fiscal General del Estado; María Teresa Palomino Ramos, Procuradora Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato; y Héctor Alonso Díaz Ezquerra, titular de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas, quien fungirá como Secretaría Ejecutiva.
Una vez que el Congreso del Estado designe al Titular de la Comisión de Víctimas, así como a los integrantes del Consejo Estatal Ciudadano, serán convocados para que se integren al Sistema Estatal de Búsqueda de Personas, tal como lo establece la ley.
Para el ejercicio de sus facultades, el Sistema contará con las siguientes herramientas: El Registro Estatal, el Registro Estatal de Datos Forenses, el Registro Estatal de Personas Fallecidas y No Identificadas, el Registro Estatal de Fosas, la Alerta Amber, el Protocolo Alba, el Protocolo Homologado de Búsqueda y los protocolos previstos en el artículo 73 de la Ley General; y otros registros necesarios para su operación.
Las sesiones del Sistema se realizarán de manera ordinaria cada tres meses, por convocatoria de su Secretaría Ejecutiva y, de manera extraordinaria, cuantas veces sea necesario a propuesta de una tercera parte de sus integrantes.