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EN BAJA CALIFORNIA SUR, INFANTES TENDRÁN ACTA DE NACIMIENTO CON IDENTIDAD DE GÉNERO.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, señaló como inválido el Código Civil de Baja California Sur, en donde se les prohibía al los menores de edad solicitar...

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, señaló como inválido el Código Civil de Baja California Sur, en donde se les prohibía al los menores de edad solicitar una nueva acta de nacimiento, después de que se les reconociera su identidad de género.

Los hechos se dieron poco después de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos formulara una impuganción, respecto a la porción ‘mayores de edad’, del párrado del artíclo 144 Terc, del Código Civil del estado, el cual permitía únicamente a las personas mayores de edad el acceso al documento identitario.

La norma invalidada prohibía de manera absoluta que las niñas, niños y adolescentes pudieran acceder al procedimiento para modificar su acta de nacimiento, lo cual resultaba violatorio de su derecho a que les sea reconocida su identidad de género autopercibida”, estimó la SCJN.

La SCJN argumentó que si bien, los menores se encuentran en una situación de vulnerabilidad, negarles el documento es una prohibición inconstitucional.

De este modo, será en un tiempo estimado de 12 meses después de la notificación del resolutivo hacia el congreso del estado cuando tenga efecto esta sentencia emitida por la Corte.

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