El fin de semana fue aprobada la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato, la cual obligará a los 46 municipios del Estado a crear espacios para uso específico de este grupo.
Y es que de acuerdo con el artículo 18 se da un plazo de 90 días para que los ayuntamientos aprueben un programa dirigido precisamente a la diversidad sexual, permitiendo con ello que las personas de la comunidad LGBTIQ+ tengan en cada ciudad, acceso a un área o departamento especializado para brindarles atención de forma adecuada.
Para ello, será necesario que cada municipio destine un presupuesto que, desafortunamente no está etiquetado para dicha finalidad, lo que retrasa el proceso.
Cabe mencionar que, el plazo de los 90 días empezó a correr desde el momento de la aprobación de dicha Ley y algunas autoridades municipales no estaban enteradas de ello, por lo que aún no dan inicio a los Trabajos requeridos para lo solicitado por el Estado.
Tras la aprobación de la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato, cada municipio debe cumplir con las siguientes consignas:
• Incluir en los instrumentos de planeación las metas, estrategias y acciones para la atención y el desarrollo progresivo de los derechos de las personas de la diversidad sexual y de género.
• Contar con los organismos municipales en los términos de esta ley.
• Aprobar el programa en materia de diversidad sexual y de género, en el ámbito de su competencia.
• Emitir reglamentos y disposiciones administrativas en favor de las personas de la diversidad sexual y de género.
• Gestionar y promover ante organismos públicos, privados, estatales. nacionales o internacionales, financiamiento para proyectos en materia de diversidad sexual y de género.
• Celebrar acuerdos o convenios de coordinación con la Federación, el Estado, otros ayuntamientos u organismos sociales o privados, para el mejor cumplimiento de la ley.