La Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PRODHEG) resolvió que el presidente municipal de Salamanca, César Prieto, violó el derecho humano de petición al tardar 186 días en responder una solicitud ciudadana que la ley obliga a contestar en un máximo de 10 días hábiles. La petición estaba relacionada con el mantenimiento de un memorial dedicado a una víctima de desaparición.
La solicitud fue presentada el 8 de octubre de 2024, pero la respuesta oficial llegó hasta el 14 de abril de 2025, es decir, más de medio año después y únicamente cuando la PRODHEG ya había iniciado la investigación. El organismo concluyó que existió una omisión grave, falta de diligencia y una violación constitucional plenamente comprobada.
En el expediente se incluye que el alcalde afirmó que el predio donde se ubica el memorial “ya no es propiedad del municipio” porque supuestamente fue donado al Museo Interactivo “Espiral”; sin embargo, el argumento no cambia lo esencial: el Ayuntamiento debía responder dentro del plazo que marca la ley, independientemente de la situación jurídica del terreno.
Tras hacerse pública la resolución, César Prieto rechazó la recomendación, acusando que la Procuraduría “viola el marco jurídico”, que existe “persecución política” en su contra y que la resolución intenta “implicarlo como un violentador de derechos”. Aseguró que la PRODHEG actúa como “instrumento político”, aunque no presentó pruebas que sustenten estas afirmaciones ni desvirtúen las fechas y omisiones documentadas en el expediente.
En su postura pública, el alcalde también lanzó señalamientos dirigidos a la titular de la PRODHEG, sugiriendo que su actuación no es imparcial. Los señalamientos, de carácter personal y sin relación con el fondo del caso, fueron considerados por especialistas consultados como un intento de desviar la atención del incumplimiento legal acreditado: una solicitud formal que no fue respondida en tiempo.
La PRODHEG reconoció a la persona promovente como víctima directa y ordenó su incorporación al Registro Estatal de Víctimas, además de instruir al Ayuntamiento de Salamanca a emitir lineamientos internos para garantizar que todas las peticiones ciudadanas reciban respuesta conforme a los plazos establecidos por la ley.
A pesar de las acusaciones del alcalde, la resolución se sustenta en hechos claros; una petición ciudadana presentada formalmente, un plazo legal obligatorio de 10 días y una respuesta emitida 186 días después. No se trata de un conflicto político, sino de una violación confirmada al derecho de petición.


































