El Director de Movilidad y Transporte tiene las siguientes facultades; según datos de transparencia:
I.Elaborar y proponer al Presidente Municipal la modificación temporal o definitiva de una ruta, para mejorar la circulación vial, la prestación del servicio o cualquier otra causa de interés público.
II.Elaborar y proponer al Presidente Municipal las modificaciones a las concesiones por operatividad como lo es el incremento de unidades, derrotero, itinerarios y/o ramales, frecuencias, horarios, puntos de ascenso y descenso, bases y/o terminales; con el apoyo del dictamen correspondiente proporcionado por la Dirección.
III.Proponer los dictámenes así como asesorar al Presidente Municipal en los procedimientos jurídicos – administrativos para la cesión de derechos por muerte o voluntad propia.
IV.Gestionar, fomentar y proponer al Presidente Municipal el uso de tecnologías, dispositivos, instrumentos, servicios y procesos no dañinos al medio ambiente, que reduzcan el impacto ambiental y las emisiones contaminantes;
V.Proponer al Presidente Municipal las bases para la accesibilidad y el servicio público
de transporte de personas de competencia municipal para personas con discapacidad o movilidad reducida, mujeres, personas adultas mayores, niñas y niños, privilegiando el derecho de estos grupos a contar con medios de transporte acordes a sus necesidades.
VI.Participar en las acciones que en materia de protección al medio ambiente lleven a cabo otras autoridades, en relación con la prestación del servicio público de transporte.
VII.Actuar como árbitro y mediador en los conflictos que se susciten entre los Concesionarios y Permisionarios del Servicio Público de Transporte.
VIII.Aprobar los dictámenes para la elaboración de Permisos Eventuales de transporte Público.
IX.Elaborar y proponer al Honorable Ayuntamiento a través de la Comisión de Transporte y Vialidad, al Presidente Municipal y al Secretario del Honorable Ayuntamiento las políticas, planes y programas relativos al Servicio Público de Transporte.
X.Ordenar se integren los expedientes relativos al otorgamiento de las concesiones y permisos, revocación, cesión de derechos de título concesión por donación, suspensión de concesiones o permisos, suspensión de vehículos y Rescate del Servicio Público de Transporte.
XI.Ordenar se dé trámite a los procedimientos administrativos, en los términos de la Ley y el presente Reglamento.
XII.Ordenar se dé inicio al Procedimiento Administrativo de Transmisión de Concesiones, en los casos previstos en la Ley.
XIII.Ejecutar la intervención del Servicio Público de Transporte.
XIV.Ordenar la variación temporal del recorrido de una ruta, cuando resulte necesario
por caso fortuito, fuerza mayor, necesidad colectiva o por ejecución de una obra. XV.Ordenar se realicen bajo su supervisión, los estudios necesarios para proponer e implementar los sistemas de transporte, conceptos y sistemas de cobro que resulten más convenientes de acuerdo a las características urbanas y demográficas del
Municipio.
XVI.Ordenar el Registro de las Asociaciones u Organizaciones de Concesionarios ante
la Dirección, Proponer al Honorable Ayuntamiento para su aprobación, los planes y programas tendientes a promover la mejora en la prestación del Servicio Público de Transporte.
XVII.Ordenar la integración y actualización del Padrón de vehículos del servicio público de transporte de competencia municipal, así como de los operadores del mismo a efecto de mantener el debido control y vigilancia que garantice una óptima prestación del servicio.
XVIII.Ordenar se lleven a cabo los registros que conforme al Procedimiento Administrativo de licitación contemplado en la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, sean necesarios para el otorgamiento de una nueva concesión del Servicio Público de Transporte.
XIX.Elaborar y levantar las boletas de infracción a quien infrinja la Ley o los
Reglamentos que de ella se deriven.
XX.Ordenar la implementación de dispositivos de seguridad en el transporte tendientes
a verificar que los vehículos destinados a la prestación del Servicio Público de Transporte reúnan las condiciones físico mecánicas óptimas, y en general el debido cumplimiento de las obligaciones previstas para los concesionarios, permisionarios u operadores del Servicio Público de Transporte.
XXI.Supervisar y Ordenar las tareas que realiza el Área de Expedición de Licencias para Conducir, y se lleven a cabo todas las acciones tendientes al cumplimiento de los convenios realizados en la materia.
XXII.Las demás que establezcan las leyes y reglamentos aplicables. La revisión del marco jurídico de la Dirección y elaborar las propuestas de cambio y mejoras o proyectos de aquellas no existentes y que son necesarias derivado de la actualización legislativa moderna;
XXIII.Auxiliar al Secretario del Honorable Ayuntamiento a efecto de que sus procedimientos jurídico–administrativos, cuenten con los elementos necesarios para soportar su defensa legal;
XXIV.Formular y revisar convenios y contratos inherentes al área;
XXV.Brindar atención a los asuntos internos y elaborar actas administrativas al personal
del área cuando así se requiera;
XXVI.Atender, asesorar y asistir todas las acciones que involucren hechos derivados de la
Dirección, dando soporte jurídico a sus diferentes áreas.
XXVII.Apoyar en la planeación y elaboración de estrategias de operativos, vigilando que
los mismos se desarrollen dentro del marco normativo;
XXVIII.Esclarecer las denuncias y quejas presentadas por actos o hechos realizados por el
personal adscrito a la dirección en el desempeño de sus funciones; XXIX.Elaborar su plan de trabajo en materia legal de su área;
XXX.Diseñar y ejecutar estrategias para que los planes, programas, proyectos, así como los procedimientos jurídico-administrativos de la Dirección, se realicen dentro del marco legal;
XXXI.Proponer al Secretario del Honorable Ayuntamiento los programas de capacitación legal y profesional del personal administrativo y operativo de las mismas y coordinar su ejecución.
XXXII.Validar el apego a la normatividad de la materia los estudios técnicos realizados para optimizar el Servicio Público de Transporte, y vialidades así como la infraestructura, según corresponda a cada área.
XXXIII.Iniciar y tramitar en el área de Transporte los procedimientos administrativos relativos al otorgamiento de las concesiones y permisos para la prestación del Servicio Público de Transporte.
XXXIV.Iniciar y tramitar en el área de Transporte los procedimientos administrativos de Revocación, Cesión de Derechos de Título Concesión, Suspensión de Concesiones o Permisos, Suspensión de Vehículos y Rescate del Servicio Público de Transporte.
XXXV.Las demás que establezcan las leyes y reglamentos aplicables a esta materia.