El Congreso del Estado aprobó la implementación del Sistema Estatal Anticorrupción, con el que se pretende prevenir, detectar y sancionar hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.
Con las reformas aprobadas también se modificó la denominación del Tribunal de lo Contencioso Administrativo por Tribunal de Justicia Administrativa, quien podrá imponer sanciones tanto a servidores públicos estatales y municipales, como a particulares que incurran en actos vinculados con faltas administrativas graves y fincará a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones económicas que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública estatal o municipal o al patrimonio de los entes públicos estatales o municipales.
El Sistema Estatal Anticorrupción es la instancia de coordinación entre las autoridades del gobierno estatal y municipal que contará con un Comité Coordinador integrado por los titulares de la Auditoría Superior del Estado, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, la Secretaría del Ejecutivo responsable del control interno, un representante de los órganos internos de control de cada región, el Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa, el Presidente del organismo autónomo en materia de transparencia, un representante del Consejo del Poder Judicial y dos del Comité de Participación Ciudadana, este último deberá estar integrado por cinco ciudadanos respetando la equidad de género.
Asimismo se establecen las atribuciones del Comité Coordinador y se contempla la creación de la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción, la cual estará adscrita a la Procuraduría General de Justicia del Estado, y será un órgano con autonomía técnica y operativa para investigar y perseguir los hechos que la ley considere como delitos en materia de corrupción.
Sin embargo, el nombramiento de los Magistrados del citado tribunal será a propuesta del Gobernador del Estado y deberá ser aprobado por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Congreso.
Para controlar los recursos públicos las reformas recién aprobadas otorga al Congreso del Estado facultades para que la contratación de deuda pública, tanto del Estado como de los municipios, sea aprobada por las dos terceras partes de los miembros del Congreso presentes, y únicamente podrán contraer empréstitos cuando se destinen a inversiones públicas productivas y a su refinanciamiento o reestructura, siempre bajo las mejores condiciones de mercado.
Los empréstitos no serán otorgados cuando se pretenda cubrir gasto corriente de la administración pública estatal o municipal, quienes podrán contraer obligaciones a corto plazo que deberán liquidarse a más tardar tres meses antes del término del periodo de gobierno correspondiente y no podrán contratarse nuevas obligaciones durante esos últimos tres meses.
El Poder Legislativo también tendrá la facultad de designar a los titulares de los órganos internos de control de los organismos autónomos (Instituto Electoral del Estado, Tribunal Electora, Procuraduría de los Derechos Humanos, Universidad de Guanajuato y Tribunal de Justicia Administrativa) que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos del Estado, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros.
El nombramiento del titular de la Secretaría del Poder Ejecutivo con atribuciones de Control Interno, sigue a cargo del Gobernador estatal pero deberá ser ratificado por las dos terceras partes del Congreso del Estado.
Respecto a la responsabilidad de los servidores públicos, también se agregó como sujetos de responsabilidad a los particulares, quienes estarán obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses, así como la constancia de presentación de declaración fiscal.
El Sistema Estatal Anticorrupción incluye el enriquecimiento ilícito dentro de las reglas para iniciar un procedimiento de extinción de dominio; se establece que los entes públicos estatales y municipales contarán con órganos internos de control; y obliga a que los planes de desarrollo estatal y municipales garanticen la estabilidad de las finanzas públicas para coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo.
El Sistema Estatal Anticorrupción fue aprobado ayer al cierre del segundo periodo ordinadiro de sesiones del primer año de ejercicio legal de la LXIII Legislatura.