ORDENA IACIP A LA UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN MUNICIPAL DAR DETALLES DEL CONTRATO ENTRE PEMEX Y CMAPAS PARA VENTA DE AGUA TRATADA

El Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato, ordenó a la Unidad de Acceso a la Información Pública del Ayuntamiento de Salamanca informar los detalles del Contrato firmado entre el organismo operador del agua (CMAPAS) y Petróleos Mexicanos (PEMEX) sobre la Compra-Venta de agua tratada.

El ciudadano Martín Macías en junio de este año solicitó la información mencionada luego del Spot del gobierno municipal que señalaba: “el gobierno municipal concretó una acción a favor del medio ambiente con el contrato de venta de agua a Pemex”. La publicidad de gobierno llamó la atención del ciudadano quien solicitó detalles como: los alcances del acuerdo, los logros obtenidos, los montos a pagar por agua tratada y los usos que daría el gobierno a ese recurso. La unidad local de acceso a la información negó la petición ciudadana al referir que se trataba de información reservada que podría afectar al desarrollo del contrato.

Unas semanas después el ciudadano pidió la intervención del Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato, argumentando que se trata de información pública y que ya había sido publicitada por el ente de gobierno local.

Finalmente, tras un análisis minucioso, dicho consejo estatal ordenó al municipio MODIFICAR el acto recurrido y otorgar respuesta complementaria debidamente fundada y motivada, a través de la cual entregue en versión pública la información solicitada por Martin Macías, para lo cual deberá realizar una nueva búsqueda con la Unidad Administrativa correspondiente (Comité Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Salamanca, Guanajuato), acorde a los razonamientos disgregados en el fallo jurisdiccional.

El comité estatal ordenó a la Titular de la Unidad de Acceso a la Información Pública del Ayuntamiento de Salamanca, Guanajuato, que en un plazo no mayor a 15 quince días hábiles posteriores a aquel día en que cause ejecutoria la presente resolución, dé cumplimiento a la misma en los términos y para los efectos señalados, apercibiéndole que, en caso de no hacerlo así, podrá hacerse acreedora a una sanción de conformidad con lo señalado en el Título Cuarto, Capítulos Primero y Segundo de la vigente Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

La resolución del Comité fue hecha el pasado 3 de noviembre de 2015, por lo que la Unidad de Acceso local tendrá 15 días hábiles para notificar al ciudadano en mención sobre el contrato que con anterioridad se presumió en publicidad de gobierno como un acto logrado.

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