fbpx

A MEDIAS LAS ACCIONES DE LA DIRECCIÓN DE JUVENTUD EN SALAMANCA. Estas son las obligaciones de su titular.

Aunque la Dirección de Juventud de Salamanca es protagonista de pocos programas, mínima atención a las juventudes salmantinas, actividades poco trascendentes, o al menos no existe difusión de ellas,...

Aunque la Dirección de Juventud de Salamanca es protagonista de pocos programas, mínima atención a las juventudes salmantinas, actividades poco trascendentes, o al menos no existe difusión de ellas,  existe un reglamento que debe ser cumplido por la dependencia y por los titulares, sin embargo, pareciera que no existen verdaderas acciones para el desarrollo y las oportunidades de los jóvenes, siendo este grupo social el más vulnerable ante la delincuencia.

Una de las pocas convocatorias o programas de la Dirección de Juventud.

Aun con atención a medias, existe un reglamento que debería ser cumplido por las personas a cargo y es menester que se preste especial atención a él con la finalidad de rescatar a este sector de la sociedad.

El Director tiene la obligación de presentar al Ayuntamiento el Programa Municipal de Juventud, el cual deberá establecer los objetivos, metas, estrategias y acciones para el desarrollo integral de los jóvenes, con la participación del Estado, los Municipios y los sectores públicos y privados, con el fin de garantizar la atención integral a la juventud, a más tardar el último día hábil del mes de enero de cada año, el cual será previamente autorizado por el Presidente Municipal.
Además, deberá presentarse el diagnóstico  de la situación de los jóvenes en el Municipio, con el señalamiento de sus principales problemas y tendencias; así como la descripción de las oportunidades y obstáculos.
En el programa municipal de juventud deberán considerarse entre otras, las siguientes acciones:

I. Fomentar el conocimiento y la observancia de los derechos y deberes de la juventud;
II. Promover el acceso, permanencia y seguimiento a la educación de los jóvenes; III. Establecer mecanismos para fomentar la participación organizada de los jóvenes en el proceso de desarrollo del estado;
IV. Fomentar la cultura de la competitividad en los jóvenes;
V. Impulsar el gusto de los jóvenes por la cultura y por la conservación, vigilancia y uso responsable de los recursos naturales;
VI. Fomentar entornos y alternativas de vida saludable, así como el acceso a los servicios de salud;
VII. Establecer actividades de formación integral que favorezcan el desarrollo biopsicosocial y de trascendencia de la juventud;
VIII. Promover mecanismos de apoyo a la economía de la juventud y fomentar proyectos viables de negocios y empresas en el estado, al crear mayores oportunidades de empleo y autoempleo para los jóvenes;
IX. Promover alternativas de turismo juvenil para la recreación, el uso del tiempo libre y un medio de identidad para los jóvenes;
X. Atender de manera integral a jóvenes en situación de vulnerabilidad;
XI. Impulsar la creación y profesionalización de grupos y asociaciones juveniles para que sus acciones impacten positivamente en la sociedad;
XII. Promover los programas sobre créditos y financiamiento para vivienda con que cuente el estado a favor de los jóvenes;
XIII. Fomentar la creación y ejecución de proyectos de vida en los jóvenes que abonen al desarrollo del entorno y de su estado;
XIV. Impulsar las prácticas profesionales de los jóvenes con la finalidad de reforzar y aplicar los conocimientos adquiridos en la escuela y la experiencia en el campo profesional;
XV. Promover el acceso de los jóvenes a las tecnologías de información;
XVI. Fomentar la investigación científica y tecnológica, así como la creatividad en los jóvenes, e impulsar la realización de estudios en materia de juventud; y
XVII. Promover la creación de la infraestructura necesaria para el desarrollo de las actividades en favor de la juventud.
Además, la Dirección tendrá las siguientes atribuciones:
I. Dirigir y coordinar los programas y acciones en materia de atención a la juventud en su municipio;
II. Proponer al Ayuntamiento el Programa Municipal de Juventud y coordinar su ejecución, previa aprobación;
III.- Difundir y promover el respeto de los derechos y deberes de la Juventud;
IV. -Coordinar y ejecutar el programa municipal de la juventud, que apruebe el Ayuntamiento;

V. Representar a los jóvenes asociados del municipio, que así lo soliciten, ante las instituciones del Estado y la sociedad civil;
VI.- Establecer mecanismos de vinculación con organismos y entidades públicas y privadas para la difusión, promoción, fomento e investigación en materia de juventud;
VII.- Realizar investigaciones en materia de juventud;
VIII.- Promover la celebración de convenios de coordinación o colaboración, así como ejecutar los que hayan sido aprobados por el Ayuntamiento, en materia de juventud;
IX.- Presentar el anteproyecto de presupuesto, las acciones y recursos necesarios para el fomento del desarrollo integral de la juventud;
X.- Procurar la aplicación de las políticas públicas en materia de prevención de factores de riesgo y alteraciones del desarrollo; y
XI.- Rendir un informe anual de actividades al Consejo.
XII.- Las demás que le sean conferidas por el H. Ayuntamiento.

Después de conocer todas las responsabilidades que tiene esta dirección ¿Considerad que se cumplen?

Categorias
GENERAL

Licenciada en Ciencias de la Comunicación con especialidad en Relaciones Públicas, maestría en Mercadotecnia y docente. Interesada en educación, medio ambiente y derechos humanos.
Sin comentarios

Deja un comentario

Relacionado con

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com