
Permiso Covid-19 se extiende a personas que están en el Régimen Obligatorio del IMSS.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha otorgado 50 mil 967 autorizaciones del “Permiso COVID-19″ a través de la aplicación IMSS Digital o en línea, informó a través de un comunicado.
Dirigido a trabajadores asegurados ante la institución, el “Permiso COVID-19″, tiene como objetivo ser un documento para justificar la ausencia laboral y que los derechohabientes puedan recibir el pago correspondiente de sus días de incapacidad.
La solicitud es únicamente válida para personas inscritas en el Régimen Obligatorio y que el tipo de modalidad otorgue las prestaciones en dinero, no así, a quienes están inscritos en las modalidades 32 (Seguro Facultativo), 33 (Seguro de Salud para la Familia) y 40 (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio).
“Con el Permiso COVID-19 las y los trabajadores que presenten contagios por el virus SARS-CoV-2 obtienen su incapacidad hasta por siete días y el pago correspondiente en su cuenta bancaria, de manera fácil, rápida y sin necesidad de realizar traslados con el fin de romper las cadenas de contagio”, puntualiza el IMSS.
No se necesita prueba positiva para tramitar el Permiso COVID-19, ya que aquellas personas con síntomas del virus, o asintomáticos con una prueba Covid-19 positiva (aunque ésta no es obligatoria) que busquen tramitarlo, pueden hacerlo a través de la aplicación IMSS Digital o el sitio web http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso.
El trabajador deberá presentar los siguientes datos obligatorios: CURP, número de seguridad social (NSS), Código Postal, así como responder los cuestionarios sobre síntomas, vacunación y padecimientos preexistentes; para después ingresar información complementaria: Número telefónico de contacto y si cuenta con prueba de enfermedad respiratoria.
Por último, se debe proporcionar un correo electrónico y la cuenta CLABE interbancaria para recibir el pago ccorrespondiente
Una vez obtenido el permiso COVID-19, se debe notificar al patrón, a fin de justificar su ausencia laboral.
La duración de este Permiso es de siete días para derechohabientes con síntomas y de cinco días para personas asintomáticas que tienen prueba positiva.
Esta herramienta otorga al trabajador un subsidio económico correspondiente al 60% de su salario a partir del cuarto día de incapacidad.
Asimismo, en caso de que las personas contagiadas desarrollen síntomas más graves o molestias de la enfermedad durante la incapacidad de siete días, deberán acudir a atención médica o llamar a la línea de Orientación Médica Telefónica al 800 2222 668, con el propósito de prevenir complicaciones en la salud.