Historias de elecciones 🔴HACE 6 AÑOS JUSTINO ARRIAGA ROMPIÓ LA VEDA ELECTORAL Y ENTREGÓ MOCHILAS HACIENDO CASO OMISO A LA LEY.

Violando totalmente la veda electoral, en las elecciones 2015, Justino Arriaga Rojas realizó una entrega de aproximadamente 300 mochilas con útiles escolares en la comunidad de La Ordeña.

El delegado de la comunidad  en ese entonces era Martín Tavares Reyes quien comentó a “El Salmantino” que fue el mismo Justino Arriaga Rojas quien les hizo llegar las mochilas a todos los alumnos de la primaria y jardín de niños de la comunidad.

«Pues fue Justino y vinieron a darles unas mochilas con dos libretitas, un lápiz, un resitol, unos colores pequeños y un borrador a los niños, sin motivo alguno, nomás que dizque por buena gente» comentó.

El delegado de la comunidad destacó que lo que solamente querían quedar bien con la gente para ganar el voto «por un lado quizá queden bien, pero por el otro quedan mal por que lo que nos ha prometido «Justinito» nomas no nos cumplió como lo que es la construcción de un drenaje.

Con mochilitas no nos va a comprar.

 

Martín Reyes dijo que él como delegado lo que quiere no es tener una entrega de mochilitas, es ver que el presidente municipal cumpla con lo que les prometió al inicio de la administración como es la construcción del drenaje, y de un tanque elevado, «ahí tengo los oficios de todas las veces que he metido la solicitud y nomas nada» dijo.

Agregó que La Ordeña no se ha visto apoyada por nadie, incluso con el asfaltado de las calles querían  hacer creer que fue el PAN el que lo hizo, cuando quien llevó acabo los trabajos y  puso  todo el material fue una empresa que cumplió  con su parte del trato que hizo con la gente de la comunidad para poder continuar trabajando.

«Con mochilitas no nos va a comprar, lo que queremos es que nos cumpla, pero ha 4 meses de que termine pos ya que va a hacer», dijo finalmente el delegado de La Ordeña, dijo en ese entonces el delegado.

 

LA LEY

La Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, dispone su artículo 350, que son sujetos de responsabilidad por infracciones al mismo, las autoridades o los servidores públicos, según sea el caso, de cualquiera de los poderes del Estado y de los municipios, órganos autónomos locales, y cualquier otro ente público.

En este sentido, dicha Ley contempla como infracciones en su apartado II : La difusión, por cualquier medio, de propaganda gubernamental dentro del periodo que comprende desde el inicio de las campañas electorales hasta el día de la jornada electoral.

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