🔴CONGRESO DEL ESTADO ASIGNÓ 14 DIPUTACIONES PLURINOMINALES, CONOCE QUIÉNES SON.
Asigna IEEG diputaciones por el principio
de representación proporcional
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) declaró la validez de la elección de diputaciones por el principio de representación proporcional y se asignaron a los institutos políticos Partido Revolucionario Institucional, Partido Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano y MORENA, las diputaciones del Congreso del Estado que por este principio les corresponden.
Lo anterior en sesión extraordinaria a distancia celebrada ayer miércoles y en observancia a los principios de paridad, certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad en los procesos electorales.
El artículo 261 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato (LIPEEG) establece que una vez realizado el cómputo y registradas las constancias de mayoría de los diputados uninominales, el Consejo General del IEEG procederá a la asignación de diputaciones según el principio de representación proporcional.
Asimismo, el párrafo segundo del artículo referido señala que el Consejo General sólo procederá al registro de constancias de mayoría de las diputaciones uninominales, cuando el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) resuelva en definitiva los recursos que se hayan interpuesto en contra de la declaración de validez emitida por el consejo distrital correspondiente.
La votación obtenida por los institutos políticos Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional, Partido Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano y Morena, así como su porcentaje de votación, son los siguientes:
Partido político |
Votación |
Porcentaje de lavotación válida emitida |
PAN |
846,306 |
42.94% |
PRI |
240,044 |
12.18% |
PVEM |
102,215 |
5.19% |
MC |
90,766 |
4.61% |
MORENA |
457,999 |
23.24% |
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 268 de la LIPEEG, se declara que los institutos políticos Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional, Partido Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano y Morena obtuvieron una votación de, al menos, tres por ciento de la votación válidamente emitida en la elección de diputaciones según el principio de representación proporcional y se asignan dichas diputaciones de la siguiente manera:
Partido |
Propietaria (o) |
Suplente |
PRI |
Ruth Noemí Tiscareño Agoitia |
Olivia Vázquez Machuca |
|
Alejandro Arias Ávila |
Adán Mijail Nava Ortiz |
|
Yulma Rocha Aguilar |
Dulce Roxana Vallejo Ortiz |
|
Gustavo Adolfo Alfaro Reyes |
Jesús Antonio LópezMárquez |
Partido Verde Ecologista de México |
Gerardo Fernández González |
Juan Carlos Oliveros Sánchez |
|
Martha Lourdes OrtegaRoque |
María Isabel GarcíaBarrientos |
Movimiento Ciudadano |
Dessire Ángel Rocha |
Ma. Carmen RiveraHernández |
Morena |
Alma Edwviges AlcarazHernández |
Rafaela Fuentes Rivas |
|
David Martínez Mendizábal |
Pedro Damián GuzmánGómez |
|
Hades Berenice AguilarCastillo |
Magaly Liliana SegovianoAlonso |
|
Irma Leticia GonzálezSánchez |
Araceli Sánchez Soto |
|
Martha Edith MorenoValencia |
Mireya Morales Muñiz |
|
Ernesto Millán Soberanes |
Osvaldo Andrés PalomaresCano |
|
Ernesto Alejandro PrietoGallardo |
Pablo Alonso Ripoll |
En otro punto del orden del día se dio respuesta a los escritos presentados por la ciudadana Irene Amaranta Sotelo González, en que realiza manifestaciones en relación con la asignación de diputaciones al Congreso del Estado por el principio de representación proporcional.
El 14 de junio de 2021 se recibieron en el instituto dos escritos signados por la ciudadana Irene Amaranta Sotelo González; la primera en el sentido de solicitar que se reserve la expedición de las constancias de designación de diputaciones de representación proporcional de Morena hasta en tanto se resuelvan los recursos interpuestos ante el TEEG; y la segunda relativa a hacer del conocimiento de este Consejo General la resolución dictada por el referido órgano jurisdiccional en el expediente TEEG-PES-20/2018, a fin de que sea considerada al momento de expedir las constancias de designación de diputaciones del partido político referido.
Respecto a la solicitud en el sentido de que se reserve la expedición de las constancias de asignación de diputaciones de representación proporcional hasta en tanto se resuelvan los medios de impugnación interpuestos, el artículo 261 de la LIPEEG, establece que el Consejo General procederá a la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional una vez que hayan sido registradas las constancias de mayoría de diputaciones uninominales, para lo cual deberán haberse resuelto en definitiva por el TEEG los medios de impugnación interpuestos contra las declaraciones de validez emitidas por los consejos distritales electorales correspondientes.
En relación con el segundo escrito de la ciudadana Irene Amaranta Sotelo González, al determinar lo conducente en relación con la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, el Consejo General llevará a cabo el análisis relativo al cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de las personas candidatas, tal como establece el artículo 262 de la LIPEEG.