Hasta 3 años de carcel por discriminación por discapacidad o religiosa

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El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal, para sancionar quien por razones de religión o discapacidad, atente contra la dignidad humana, anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas.

Avalado en lo general y particular por 366 votos a favor, 2 en contra y 32 abstenciones y enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, indica que en tales casos, se aplicará sanción de uno a tres años de prisión, o de 150 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, y hasta 200 días multa, al que discrimine por razones de culto o discapacidad.

El documento refiere a la discriminación religiosa y por discapacidad como «un problema social que afecta la pacífica convivencia entre ciudadanos, en las ciudades y en comunidades rurales, principalmente indígenas».

Precisa que el 89.3 por ciento de la población mexicana practica la religión católica, 10.7 por ciento pertenece a otros cultos y 4.9 por ciento de la población no practica ningún credo, y a pesar de que la Constitución vela por la no discriminación, en el país se presentan situaciones de exclusión social por diferencias dogmáticas.

Se hace referencia a que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos manifiesta la existencia de evidencias de intolerancia religiosa, cuyas expresiones más violentas se presentan fundamentalmente en Chiapas, Oaxaca y Guerrero.

Revela que seis de cada 10 familias en esas entidades, huyen de sus hogares para evitar agresiones por conflictos religiosos. En Chiapas, por ejemplo, las personas sobreviven con el apoyo de los integrantes de sus congregaciones, pues no son reconocidas ni reciben ayuda del gobierno estatal.

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