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ETERNA JORNADA

ANTE LA EMBESTIDA NEOLIBERAL EN CONTRA DE LOS TRABAJADORES: UNIDAD DE LA CLASE OBRERA (Quinta parte) Por Alberto Reyna García En cuanto a proyectos de modificación de la ley...

ANTE LA EMBESTIDA NEOLIBERAL EN CONTRA DE LOS TRABAJADORES: UNIDAD DE LA CLASE OBRERA

(Quinta parte)

Por Alberto Reyna García

En cuanto a proyectos de modificación de la ley laboral, las organizaciones empresariales no presentaron un solo frente. El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) es el que ha apoyado de manera más decidida la política económica del gobierno y, en esta medida, en los periodos en los que el Estado no insistió en la reforma laboral tampoco el CCE consideró que era indispensable. Una posición semejante adoptó la Confederación Nacional de Cámaras Industriales (Concamin). Es decir, las insistentes han sido la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio (Concanaco) y la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex). Desde el inicio de la campaña de Carlos Salinas de Gortari por la Presidencia (1988) prometió una nueva ley laboral, pero terminó su periodo y no lo logró, declarando al final que dos grandes reformas estaban pendientes: la laboral y la de seguridad social. La Confederación de Trabajadores de México (CTM), al inicio (1989), no tuvo una posición definidamente opuesta a la reforma, pero cuando se conoció la propuesta de la Coparmex-Concanaco, que en parte es anti corporativa, cambió radicalmente y se mantuvo un tiempo renuente a toda modificación. Entre mayo de 1990 y mayo de 1992, el gobierno ya no insistió en la reforma; los empresarios, por el contrario, siguieron declarando la necesidad de llevarla a cabo, y la CTM, oponiéndose.

De mayo de 1992 a noviembre de 1993, se estableció una especie de tregua entre la CTM y los empresarios para no entorpecer la negociación del Tratado de Libre Comercio (TLC); a partir de ahí los empresarios insistieron en la reforma, la CTM se opuso y el gobierno no declaró abiertamente esa necesidad.

En esa época, los sindicatos no tienen un proyecto público de nueva ley del trabajo, aun los que se inclinan por la modificación. Así, los telefonistas están por un nuevo capítulo de modernización y productividad, la Unidad Obrera Independiente (UOI) acepta que haya cambios más o menos en el mismo sentido; el Frente Auténtico del Trabajo (FAT) declara que, en efecto, la ley debe modificarse pero afirma que la actual correlación de fuerzas es de tal manera desfavorable a los sindicatos que se correrían muchos peligros si se entrara a un proceso de reforma en tales condiciones; la CTM se sigue pronunciando en contra de todo cambio; el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) se opone al igual que la CTM y las otras centrales (CROC, CROM, CGT) poco han aportado al debate.

En 1995, la posición patronal y de los neoliberales en la polémica acerca del cambio de la Ley Federal del Trabajo fue reforzada por los planteamientos contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo elaborado por el gobierno de Ernesto Zedillo, en el sentido de que era necesaria la flexibilización de los mercados laborales. Sin embargo, la política de la Secretaría del Trabajo de ”flexibilización de la ley”, siguió hasta 1996 un camino gradualista, llamando a la CTM y a la Coparmex a ponerse de acuerdo; la negociación se reinició con el mutuo reconocimiento de la necesidad de una nueva “cultura laboral”.

En este contexto, la derecha, a través del Partido (de) Acción Nacional (PAN) presentó su iniciativa de reforma de la legislación laboral. El proyecto del PAN, elaborado por el abogado Néstor de Buen, tiene dos componentes principales: primero, considera la flexibilidad del trabajo en aspectos muy diversos, coincidiendo en su esencia con las propuestas de la Coparmex y de la Concanaco; y, segundo, la democratización de las organizaciones obreras, vertiente ésta que se aleja de las pretensiones gubernamentales y de las cúpulas patronales y obreras.

En el aspecto de la flexibilidad del trabajo, el proyecto panista cambia principios básicos del derecho laboral que han predominado en México al rechazar  el carácter tutelar del Estado con respecto de la parte más débil en la relación laboral y sustituirlo por la función de “guardián del equilibrio entre los factores de la producción”; el otro cambio importante en los principios es la sustitución de la idea de la justicia social por la “promoción del empleo y la productividad”. Por este camino, la flexibilidad del trabajo  aparece en el proyecto de la ley en sus tres formas clásicas: la flexibilidad numérica, es decir, la capacidad de las empresas para emplear o desemplear, de acuerdo con las necesidades de la producción. En este sentido se introducen las nociones de contrato de aprendizaje con su periodo de prueba; se flexibiliza la terminación de la relación laboral con la inclusión de una prima de antigüedad, independientemente de la causa de la terminación que sustituye a los veinte días por año más los tres meses de salario y a la anterior prima de antigüedad de 12 días de salario por año; flexibiliza el trabajo discontinuo y reglamenta el empleo de subcontratistas (antesala del outsourcing).

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