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#Región #NegligenciaMédica 💥 HOSPITAL GENERAL REGIONAL 58 DE LEÓN AMPUTA PIERNA A PACIENTE LUEGO DE NEGLIGENCIA; EL HOMBRE FALLECIÓ

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 82/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social -IMSS- por la falta de cuidados a un paciente lesionado, lo que...

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 82/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social -IMSS- por la falta de cuidados a un paciente lesionado, lo que derivó en su fallecimiento en el Hospital General Regional 58 de León.

Las omisiones del personal médico fue lo que provocó la tragedia, la cual inicio con la amputación de su miembro pélvico derecho y finalmente con su muerte.

El paciente fue sometido a cirugía por una lesión en el tendón de Aquiles izquierdo, la falta de cuidados y atención médica provocó que el miembro derecho fuera amputado y posteriormente muriera a consecuencia de la negligencia de los médicos.

Cabe resaltar que la queja inicial se presentó ante la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato -PRODHEG-, misma que, en razón de competencia, fue otorgada para su investigación a la Comisión Naconal de Derechos Humanos -CNDH-.

El organismo (-CNDH-) refirió que existió un mal manejo médico por parte de personal que atendió a un paciente de 56 años el pasado 16 de mayo de 2022; toda vez que el hombre, luego de ser golpeado con un carrito de supermercado, sufrió ruptura del tendón de Aquiles izquierdo, por lo que se determinó su ingreso al área de Traumatología y Ortopedia.

«El análisis del caso llevó a este organismo autónomo a acreditar violaciones a los derechos humanos a la salud, a la vida y a la información en materia de salud por parte de personas servidoras públicas del mencionado hospital, al documentar que el médico ortopedista omitió describir adecuadamente el mecanismo por el cual se llevó a cabo la lesión; no realizó la semiología completa de los síntomas ni mencionó los estudios de laboratorio solicitados; y lo más importante, tampoco efectuó valoración del miembro pélvico derecho que, si bien se encontraba en perfecto estado físico en ese momento, también tenía antecedentes de ruptura del tendón de Aquiles», detalló el documento de la Comisión.

«En consideración de la especialista en medicina de la CNDH, era importante conocer el estado en el que se encontraba la extremidad pélvica derecha para saber si era portador de insuficiencia venosa y/o secuelas de plastía previa, toda vez que las exploraciones físicas deben ser integrales y completas, lo que en este caso no ocurrió, pues la víctima fue programada para cirugía aun cuando no se mencionaron o analizaron los estudios de laboratorio solicitados, en especial los relativos a sus tiempos de coagulación», agregó.

El 19 de mayo de este año se extendió una nota que puntualizaba que la pierna derecha estaba normal, aunque un acta de hechos con fecha del 24 de mayo puntualizaba que el paciente sufría de dolor en la pierna; lo que dejó ver ciertas contradicciones, falta de una buena evaluación y ausencia de un atinado ajuste  por parte de la institución médica.

Con todo y eso, el paciente fue sometido a una plastía del tendón de Aquiles izquierdo al día siguiente, pero el personal tratante no refirió un plan terapéutico ni las acciones médicas a seguir para atender las molestias que la víctima ya presentaba en el miembro pélvico derecho.

Se deduce que no se le proporcionó un manejo profiláctico desde su ingreso al hospital, provocando un riesgo para su integridad física a tal grado que debió amputársele ese miembro pélvico.

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