#Porsinoloviste EXONERAN A BÁRBARA BOTELLO.

ZonaFranca/ Por no encontrar elementos suficientes, el juez de oralidad penal, Francisco Medina Meza, determinó no vincular a proceso a la exalcaldesa, Bárbara Botello Santibañez por el delito de peculado por la contratación de ‘Chayito’, su peinadora.

La audiencia duró siete horas y se hicieron dos recesos, durante ese período la Fiscalia y Defensa presentaron sus argumentos finales.

El juez expuso que no se tenían los elementos para determinar el delito de peculado por la contratación de Maria del Rosario Zamarripa López, pues no se acreditó algún beneficio a favor de la también exdiputada federal .

En un período de dos años, Chayito obtuvo una plaza por la que percibió un sueldo y un finiquito que suman 240 mil pesos.

Al término de la sentencia, Botello Santibañez se manifestó contenta, pues se le dio la oportunidad de defenderse y escuchar sus pruebas.

“Estoy muy contenta y con mucho gusto de que se me dio la oportunidad de defenderme, y de que dejaran escuchar mis pruebas, porque siempre lo estuve buscando desde hace rato.

“Esta exoneración es importante para mi porque son 5 años en donde se estuvo integrando una averiguación, con ánimo de imputarme el delito que fuera. Hoy me da mucho gusto por el trabajo de mis abogados”.

Bárbara Botello@Barbara_Botello

Muy contenta, por que después de cinco años pude defenderme y por tanto demostrar mi inocencia. Hoy el Juez determinó que no hay delito de peculado en mi contra. Gracias a mi equipazo de abogados que han hecho un gran trabajo.

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‘Decisión no fue de la alcaldesa’

El abogado de la exedil, Edmundo Lozano Serna, resaltó que jurídicamente quedó muy claro lo que dijo el juez Medina Meza, pues el ayuntamiento es un órgano colegiado en el cual la presidenta municipal no puede disponer.

“Como quien llega a un cajón de nuestras casas, tomamos dinero y nos lo llevamos. No es así. La administración pública municipal tiene que pasar decisiones de ayuntamiento, donde hay partidos políticos, donde se pelean cada decisión, se pelea cada peso y el señor juez pues así lo entendió”.

Indicó que el razonamiento tiene base en la Ley Orgánica la Constitución de la República, Ley Orgánica municipal y la Constitución de Guanajuato.

“Quedó claro que la licenciada no pudo haber dispuesto de recursos que no eran exclusivamente facultad de ella, sino de un órgano colegiado, es decir, colectivo como el Ayuntamiento”.

El abogado explicó que en adelante queda en manos de la Fiscalía Anticorrupción, la posibilidad de interponer recurso de apelación ante el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato. Por lo pronto, en esta instancia no se sustentó delito alguno.

Con información de Alfonsina Ávila de Zona Franca
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