Diputados de Guanajuato presentaron una iniciativa de reforma a la del Código Penal del Estado, en la que se propone establecer el delito de crimen con una sanción hasta de 50 años a quienes por la orientación sexual cometa homicidio.
El legislador pidió garantizar la protección de los derechos de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgénero, Travestí, Transexuales, lntersexual y Queer (LGBTTTIQ).
En la exposición de motivos, el diputado Luis Gerardo Suárez Rodríguez refirió que existen diversos sectores y colectivos que sufren actos de discriminación, así como la comisión de diversos delitos como homicidio y lesiones por diferentes razones, por lo que dijo, es importante llegar a un consenso para garantizar efectivamente el derecho a la igualdad ante la ley.
“Es necesario disminuir esta brecha de desigualdad y exclusión, así como la violencia ejercida sobre dichos colectivos. Es necesario y urgente poner un alto a dichos actos. Tenemos el deber de visibilizar con mayor contundencia a los sectores y colectivos de personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgénero, Travestí, Transexuales, lntersexual y Queer. No podemos continuar como si nada pasará o simplemente volver la vista a otro lugar donde no nos cause algún problema”, expresó.
El legislador señaló que Guanajuato ha mantenido y manejado diversas políticas públicas en favor de las personas LGBTTTIQ, las cuales consideró han resultado con pocos o casi nulos resultados, ya que no se han creado instituciones y organismos gubernamentales, ni ONGs, que obtengan y analicen los diversos actos o delitos cometidos en contra de estas personas.
En este sentido, precisó que se busca adicionar un capítulo denominado “Crímenes de odio motivado por orientación sexual o identidad de género”, con la finalidad de establecer de manera clara y específica este delito.
Asimismo, comentó que se establece el delito de crimen de odio, quien, por razones de orientación sexual o identidad de género, prive de la vida a una persona.
Además, se conceptualiza que se entiende por las personas LGBTTTIQ, como aquellos que tienen atracción emocional, afectiva y sexual por personas de su mismo sexo o de más de un género. También, quienes se identifican, expresan o viven la identidad de acuerdo con un género que no corresponde tradicionalmente al mismo sexo. Sus siglas significan Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgénero, Travestí, Transexuales, lntersexual y Queer.
El legislador mencionó que también se busca adicionar un capítulo denominado Terapias de conversión, con la finalidad de castigar a quien someta, coaccione, fomente u obligue a otro a recibir o realizar procedimientos o métodos con la finalidad de cambiar su orientación sexual o identidad de género y derivado de éstos se afecte su integridad física o sicológica.
“Estas prácticas pseudocientíficas, son una forma engañosa para modificar la conducta sexual de las personas, escudriñando algún trauma de la infancia de los pacientes, provocando serios trastornos en el comportamiento. Por lo cual, la incorporación de estos delitos con sus supuestos en el Código Penal del Estado de Guanajuato, se precisa una legislación más moderna que atiende a las circunstancias especiales que conllevan un odio específico para grupos muy definidos de la población del estado de Guanajuato”, añadió.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.