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NI POR ENTERADO DESARROLLO URBANO LA USURPACIÓN DE FUNCIONES DE DELEGADO DE SAN FELIPE

  Avelino Vázquez Razo director de DUOT dijo sorprendido que la violación de sellos además de sanción económica también se castiga penalmente.   De sorpresa fue la reacción del...

 

  • Avelino Vázquez Razo director de DUOT dijo sorprendido que la violación de sellos además de sanción económica también se castiga penalmente.

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De sorpresa fue la reacción del director de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial la usurpación de funciones del ciudadano Juan Pablo Muñiz Hernández, quien valiéndose de su nombramiento como Delegado de San Felipe, retiró de un establecimiento ubicado en el Centro Histórico de la ciudad los sellos de clausura, colocados por personal autorizado de esta dependencia por incumplir con el permiso de uso de suelo.

Avelino Vázquez Razo titular de DUOT luego de reconocer que ignoraba la violación premeditada que incurrió el representante de la mencionada comunidad, señalo que como se establece en la misma leyenda de la clausura, está infringiendo reglamentos de tipo administrativo y penal.

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Apuntó que sólo tenía conocimiento de la violación de los sellos colocados por la clausura de la Agencia de Viajes “Xochitl” ubicada en avenida Revolución frente ex convento de San Agustín, por lo que se impuso una sanción, pero la forma irrespetuosa con la que fueron retirados y menos tratándose de un representante social en el gobierno municipal, como lo es el Delegado de San Felipe Juan Pablo Muñiz Hernández.

Lo anterior al explicar que para la colocación del sello de clausura se realiza una vez de verificar que el establecimiento no cuenta con el permiso de uso de suelo, el cual los únicos facultados para colocar como para retirar la lona oficial de suspensión de actividad, es personal autorizado y facultado.

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Añadió que para el retiro de dichos sellos también existe un proceso que llevan a cabo, donde los inspectores una vez que se hacen presentes en el establecimiento, dan seguimiento y cumplimiento a todo un proceso normativo.

Y subrayó que los sellos son inviolables y ninguna otra persona que no sea personal de la dependencia los encargados de llevar a cabo la diligencia para el retiro de la lona de clausura, “una vez colocado en el mismo hay una leyenda y los artículos de fundamento legal que lo justifican. Únicamente quienes estamos facultados (de retirarlos) es la dirección a mi cargo a través del área de inspección”.

 

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“Ni el propietario, ni el operador del establecimiento, ni nadie distinto a los inspectores, o a alguien que exprofesamente lleve un nombramiento o a una autorización de la dirección a mi cargo, los podrá retirar”.  

Destacó también que “hay una leyenda también muy clara en el mismo sello, que dice cualquier violación, retiro, mutilación del sello que no sea hecho por personal autorizado , causará sanción o agravará el importe de la sanción que por desclausura tuviera que hacerse de acuerdo a la infracción correspondiente” de tal forma que para retirar ese sello, primeo tendrá que haber el acercamiento de la parte interesada y se le determina de acuerdo a las consideraciones que la misma legislación indique para fijar el importe de la sanción y después de comprobar el pago se ordena el retiro del sello.

Por todo lo anterior, el funcionario indicó que analizarán el caso para tomar las determinaciones que correspondan de acuerdo a la Ley.

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