Las parejas del mismo sexo ya podrán recibir pensión por viudez, informó el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
“Dicha resolución se refiere a dos casos de viudos a quienes se les negó la pensión por viudez por parte de una Institución de Seguridad Social, bajo el argumento de que no habían estado casados por el lapso mínimo que la Ley del Seguro Social establece”, detalló en un comunicado. Ambas parejas habían vivido juntas por tres y 27 años, respectivamente.
Ante esto, se determinó que era un caso de discriminación indirecta, es decir, ocurre “en la esfera pública o privada, cuando una disposición, un criterio o una práctica aparentemente neutra, es susceptible de implicar una desventaja particular para las personas que pertenecen a un grupo específico, o les pone en desventaja”.
El Conapred aseguró que el poder judicial establece que “la pensión por viudez no es una concesión gratuita, sino un derecho generado durante la vida productiva de la persona trabajadora y tiene por objeto garantizar, en alguna medida, la subsistencia de sus beneficiarios”.