CIUDADANAS SE ACREDITAN COMO OBSERVADORAS ELECTORALES

El plazo para solicitar el registro como observador (a) electoral vence el 31 de mayo del presente año.

La solicitud y documentación se presenta en las instalaciones del Consejo.

Hasta el momento cinco ciudadanas se han registrado ante el 08 Consejo Distrital para fungir como observadoras electorales durante el actual Proceso Electoral Concurrente, cuya acreditación ya ha sido aprobada unánimemente por el Consejo Distrital.
Las cinco ciudadanas acreditadas como observadoras electorales, hasta el momento, pertenecen al municipio de Salamanca, “sin embargo, su acreditación es aplicable para observar el Proceso Electoral en todo el territorio nacional” expresó Francisco Gerardo Parada Villalobos, Consejero Presidente del 08 Consejo Distrital.
De las cinco acreditaciones que el 08 Consejo Distrital ha aprobado hasta el momento, dos de ellas fueron avaladas a partir del 29 de marzo del presente año y las tres restantes a partir del 8 del mes y año en curso. Todas con vigencia hasta el 31 de julio de 2018.
“La observación electoral no sólo se limita a vigilar la instalación de la casilla y el desarrollo de la votación, o el escrutinio y cómputo de los votos, también se pueden observar todas las actividades que se realizan antes, durante y después de la Jornada Electoral, y esto ayuda a dar mayor certeza y confianza tanto del desempeño de las instituciones electorales, como de los partidos políticos, candidaturas independientes, y constituye otra forma de participación ciudadana” resaltó Parada Villalobos.
Dado que, el registro para solicitar ser observador (a) electoral vence el próximo 31 de mayo del año en curso, el funcionario federal exhortó a la ciudadanía interesada a presentar la documentación requerida para obtener su acreditación y poder observar el desarrollo del Proceso Electoral en curso.


En ese sentido, cabe destacar que las bases para obtener la acreditación para la observación electoral son:
• Obtener su acreditación ante la autoridad electoral.
• Señalar en su escrito de solicitud sus datos de identificación personal y manifestación expresa de que se conducirán conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad y sin vínculos a partido u organización política alguna.
• Los derechos, obligaciones y sanciones correspondientes a la observación electoral se estipulan en los artículos 217, numeral 1, incisos e), h), i), j), de la LGIPE, y 204 del RE. Presentar su solicitud de forma personal o a través de la organización a la que pertenezcan ante las y los presidentes de los consejos locales o distritales correspondientes.

Sólo se otorgará acreditación a quien cumpla, entre otros, los siguientes requisitos:
• Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
• No ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno en los tres años anteriores a la elección;
• No ser, ni haber sido candidato a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección;
• Asistir a los cursos de capacitación, preparación o información que impartan el Instituto y los Organismos Públicos Locales o las propias organizaciones a las que pertenezcan los observadores electorales;

La persona interesada en obtener la acreditación como Observador Electoral, deberá presentar los documentos que se citan a continuación:
• Solicitud de acreditación en el formato correspondiente;
• Escrito bajo protesta en el que manifieste que cumple con los requisitos.
• Dos fotografías recientes tamaño infantil del solicitante, y
• Copia de la credencial para votar.
Los horarios para la recepción de documentación de las y los interesados son de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00 horas y los sábados de 09:00 a 13:00, en las instalaciones del Instituto Nacional Electoral, ubicadas en Av. Leona Viario no. 1013 Fraccionamiento Deportico en Salamanca, Gto.
Porque mi país me importa.

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