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#Nacional 10 AÑOS DE CÁRCEL PARA QUIENES FACILITEN O INDUZCAN A FUMAR A MENORES.

• El dictamen establece que comete delito de corrupción de menores, quien obligue, facilite o procure, el consumo habitual de tabaco La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código...

• El dictamen establece que comete delito de corrupción de menores, quien obligue, facilite o procure, el consumo habitual de tabaco

La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal para establecer que comete el delito de corrupción de menores, quien obligue, induzca, facilite o procure a una o varias personas menores de 18 años de edad, personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o que no tienen capacidad para resistirlo a realizar, el consumo habitual de tabaco.

El dictamen, avalado con 455 votos a favor, cero en contra y 21 abstenciones, y que modifica el inciso a) del artículo 201 del Código, fue remitido al Senado para sus efectos constitucionales.

Menciona que la corrupción de los menores para consumir tabaco representa un menoscabo en su integridad física, psicológica e intelectual, de modo que las probabilidades de ser víctimas serán aún mayores en la medida en que sea menor su edad y los procesos educativos familiares cercanos hayan sido nulos o favorecedores de conductas anómalas.

Por ello, con el objetivo de conseguir un sano desarrollo integral, es indispensable la sensibilización de los diversos contextos de vulnerabilidad al que se enfrentan las personas y que los hace más propensos a sufrir algún delito.

Agrega que por medio de la comprensión de sus circunstancias particulares es posible generar herramientas tendentes a prevenir abusos a causa de la manipulación o amenazas que se le imprimen al niño, niña o adolescente.

La diputada Laura Imelda Pérez Segura (Morena) explicó que la reforma sentará las bases legales para penalizar y catalogar como corrupción de menores el obligar, inducir, facilitar o procurar el consumo de tabaco a las niñas, niños o adolescentes menores de 18 años.

Consideró que el tacaco constituye la entrada a otras adicciones, porque un niño, niña o adolescente que fuma incrementa 13 veces más las posibilidades de experimentar con otras drogas y hacerse adicto a ellas.

Refirió que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2020, en el ámbito nacional la prevalencia de consumo en menores de entre 10 y 18 años es de 4.7 por ciento, el equivalente a un millón 12 mil 329 niñas y niños. El inicio de consumo de tabaco entre los fumadores diarios disminuyó de 15 años en 2018 a 13 años en 2020, con un promedio de consumo de 10 cigarrillos al día.

Mencionó que investigaciones han descubierto que un gran porcentaje de las y los fumadores de edad adulta, comenzaron el consumo en la niñez o adolescencia, debido a que es una etapa muy vulnerable en el desarrollo. De ahí la importancia de catalogar esta sustancia y erradicar el acceso de las niñas, niños y adolescentes al tabaco.

Precisó que el dictamen no sólo busca prohibir en todas formas cualquier contacto con productos derivados del tabaco a menores, sino también evitar las consecuencias que son producto de una adicción tan grave como es el tabaquismo. Estimó que la aprobación de esta reforma será un paso contundente para garantizar una niñez libre y sana de tabaco.

 

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