CONGRESO DEL ESTADO, BUSCA REFORMA EN QUE EL DELINCUENTE COMPRUEBE LA AGRESIÓN Y NO LA VÍCTIMA, EN LEGÍTIMA DEFENSA

La propuesta de reforma busca que ahora sea el delincuente quien compruebe la agresión y no la víctima que actúa en legítima defensa.

La Comisión de Justicia del Congreso local aprobó un dictamen en sentido positivo a una reforma legal para que el agresor de algún ilícito tenga que comprobar el ataque -en legítima defensa- de su víctima, y no al revés.

Ésto porque actualmente el Código Penal establece que si un delincuente intenta agredirlo en su domicilio, negocio o auto, o intenta despojarlo de un bien o lastimar a su familia, y usted se defiende y lo lesiona o asesina, usted deberá probar que actuó en legítima defensa.

Hace más un año, el Congreso local aprobó una reforma legal al Código Penal con un sentido similar, pero la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad contra esta modificación legal. El antecedente estableció que había exclusión del delito (una persona no era sujeta de responsabilidad penal) cuando actuara en legitima defensa, cuando alguien se introdujera a su casa con el fin de cometer algún ilícito.

El antecedente estableció que había exclusión del delito (una persona no era sujeta de responsabilidad penal) cuando actuara en legitima defensa, cuando alguien se introdujera a su casa con el fin de cometer algún ilícito.
El antecedente estableció que había exclusión del delito (una persona no era sujeta de responsabilidad penal) cuando actuara en legitima defensa, cuando alguien se introdujera a su casa con el fin de cometer algún ilícito.

Recordó que en paralelo el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional siguió explorando como se podía abordar el tema, y se presentó la propuesta de legitima defensa privilegiada que sugiere que haya una presunción de que se actúa en legitima defensa cuando se llega a un procedimiento judicial.
La legisladora puntualizó que, lo que se busca con la reforma es que se elimine la carga de la prueba porque existirá la presunción de que la víctima obró en legítima defensa, ahora la carga será para aquel que sufrió la consecuencia por haber cometido un delito.

Fuente: AM

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