Castigarán propaganda política a domicilio; viola ley de datos personales

Por primera vez el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) podrá sancionar a los candidatos y partidos que envíen mensajes a celulares, llamen a teléfonos fijos para promocionarse o manden propaganda a domicilios particulares sin autorización de los ciudadanos.

En su informe ante el Pleno del Senado, el presidente del organismo, Francisco Javier Acuña Llamas, dijo que esta elección será la “prueba de fuego” para la defensa ciudadana al uso no autorizado de sus datos personales.

En entrevista posterior, aclaró que tendrá que haber indicios concretos para poder determinar si un aspirante o partido es objeto de sanción.

Planteó que se debe verificar cómo consiguieron el número telefónico fijo o celular de los ciudadanos, o cómo supieron el domicilio de personas que no son sus militantes para enviarles propaganda.

 

“La carga de la nueva Ley General (de Protección de Datos Personales) nos dispuso un apoyo para poder resolver y responder con eficacia, ésa es la intención, las exigencias que la población comienza a poner en nuestras manos cada vez más procedimientos de denuncia sobre posible uso indebido de los datos personales.

El funcionario precisó que “tendrá que haber indicios concretos para poder localizar y trazar una vía que haga claro que los envíos de los mensajes se hicieron por parte de quienes dicen que se hicieron.

Interrogado sobre las facultades del Inai para sancionar a particulares, precisó que “los candidatos independientes y los de partido son sujetos obligados indirectos de las leyes de Transparencia y pueden ser sujetos obligados directos de la Ley General de Protección de Datos Personales en la medida en que se compruebe que ellos o sus auxiliares pudieran haber traicionado de alguna manera datos personales que les hubiesen confiado su respaldo y apoyo.

“Lo digo en genérico, no ha pasado ni hemos podido comprobar que ocurra, pero es factible, como las posibilidades hay siempre.

Según el Inai, la “prueba de fuego” en materia de defensa de los ciudadanos al uso no autorizado de sus datos personales será el proceso electoral.

Frenan el acoso

Sanción. El Inai podrá sancionar a candidatos y partidos que envíen mensajes a celulares, llamen a números fijos para promocionarse o manden propaganda a domicilio.

Análisis. Tendrá que haber indicios concretos para poder localizar y trazar una vía que haga claro que los envíos de los mensajes se hicieron por quienes se les denuncia.

Investigación. Se tendrá que verificar cómo el candidato o partido señalado consiguió el teléfono, el número de celular o la correspondencia.

Nadie se escapa. Los candidatos independientes y partido son sujetos obligados indirectos de las leyes de transparencia y pueden ser sujetos obligados directos de la Ley General de Protección de Datos Personales.

Al margen. El Inai no invade competencias del INE, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ni la Fepade.

Se suma la SFP

  • La Secretaría de la Función Pública (SFP) se sumará en este año al INE y a la Fepade en la vigilancia de los aspirantes a los cargos de elección popular para evitar que se use el proceso electoral para el enriquecimiento ilícito.
  • La SFP podrá sancionar a particulares que pacten canonjías con candidatos.
  • Las sanciones a aplicar son multas e inhabilitaciones temporales para participar en adquisiciones.
  • Se pondrá la lupa a candidatos y familia.
  • También examinará a equipos de campaña, empresarios y particulares.
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