El ministro de la Suprema Corte Arturo Zaldivar, declaró que el Estado debe garantizar un “aborto seguro” en las instituciones de salud pública. Es decir, gratuito.
Además considera que la normativa federal “restringe excesivamente el derecho de la mujer a practicarse el aborto”.
Se espera que este miércoles 29 de junio la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debata un proyecto por el que declaran inconstitucional la prohibición total del aborto “porque anula de manera absoluta los derechos de las mujeres”.
El Código Penal Federal prevé tres supuestos despenalizadores del aborto:
«Resultado de una conducta imprudente».
Cuando el embarazo es fruto de una violación.
Cuando está en peligro de muerte «la mujer o el producto de la concepción».
En su opinión, el aborto se encuentra “constitucionalmente reconocido en determinados supuestos” por lo que restringir el aborto “resultaría inconstitucional, pues vulneraría desproporcionalmente la autonomía y la dignidad de las mujeres embarazadas”.
Asimismo apela a regular «sin discriminación y con perspectiva de género, esto es, libre de prejuicios y estigmatizaciones«. Es decir, no cabe calificar el aborto como “incorrecto” o “inmoral”.
Dicho proyecto de resolución considera que: “Limitar o regular el ejercicio de la decisión de la mujer a practicarse un aborto, afecta a primera vista el derecho a la salud sexual y reproductiva y al derecho libre desarrollo de la personalidad pues incide en el plan de vida que las mujeres desean realizar”.
Zaldívar también sostiene que la prohibición puede llevar a mujeres en riesgo de exclusión social, marginación o pobreza a que acudan a centros sin las debidas garantías “arriesgando su salud y hasta su vida”.
Según el proyecto que será discutido en la Sala Primera, la prohibición del aborto conlleva “muertes evitables, imposibilidad de volverse a embarazar o daños psicológicos permanentes”.
Ante esta situación el Comité Nacional Pro-Vida señaló que al Sr. Zaldívar se olvida de que:
El aborto es la finalización de un ser humano de nuestra especie, único e irrepetible. Acabar con una vida humana es una inmoralidad y obvio que es incorrecto.
Como vida humana que es el concebido aunque no nacido, es un bien jurídico protegible y un sujeto de derechos.
La Constitución mexicana protege y defiende el derecho a la vida del no nacido
Los tratados internacionales suscritos por México reconocen la protección del embrión como vida humana que es.
El fallo de la SCJN sólo tendrá efectos sobre la mujer amparada, pero podría sentar un gravísimo precedente.